Diario de León

Un registro de impagados agilizará cobros judiciales que llevan años en 20 días

El decano de los jueces remarca que se firmará un convenio para que la gestión corra a cargo de los abogados

Los impagos judiciales se resolverán más fácilmente ahora. NORBERTO

Los impagos judiciales se resolverán más fácilmente ahora. NORBERTO

León

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Los juzgados de León contarán con un servicio de gestión para que las deudas se puedan cobrar en un plazo de 20 días cuando se trate de impagados judiciales, aunque la gestión corresponderá al Ilustre Colegio de la Abogacía, que firmará un convenio para llevar a cabo la tramitación de los casos.

Pablo Arraiza, decano de los jueces de la capital, significó la determinación adoptada al respecto para que sea el Ilustre Colegio de la Abogacía de León quien gestione el fichero a través del cual se tramitarán los asuntos en cuestión.

Fernando Rodríguez Santocildes , decano de los abogados de la capital, señaló la inminente celebración de contactos para la firma de un acuerdo «que dé valor a un servicio que se anuncia muy útil para la ciudadanía», según explicó a este periódico.

Tardanza

El periodo medio de cobro de estas deudas estaba fijado en torno a los 40 meses hasta ahora

El nuevo sistema de notificación judicial del Registro de Impagados Judiciales , el Sistema de Información Crediticia, desarrollado por la Abogacía Española, con su socio Informa (filial del grupo Cesce), ha emergido como una herramienta legal imprescindible en los juzgados españoles para impulsar las ejecuciones de impagados y poner fin a largos y costosos procedimientos judiciales que se eternizan en el tiempo.

En su corta vida, la cláusula RIJ, incluida en la demanda o escrito judicial, se ha convertido en un instrumento legal único para que el deudor-demandado haga frente a sus obligaciones dinerarias en tiempo récord, al ser informado vía judicial, en el mismo procedimiento, de la voluntad del acreedor de incluirlo en el fichero de morosos de la Abogacía Española, si no hace frente al pago.

Récord

En julio del año anterior se llegó a cobrar una deuda importante en un plazo de apenas diecinueve días

Este innovador sistema, pionero en el mundo, ha sido especialmente diseñado para dar respuesta a los alarmantes datos recogidos en la última memoria del Consejo General del Poder Judicial, en la que se sitúa el período medio de pago de las ejecuciones de impagados en el país en 40 meses, y contribuir a conseguir una justicia más justa, ágil y eficaz.

Casos de 2022

Desde su puesta en funcionamiento, en abril de 2023, el uso de la cláusula RIJ, ha permitido anotar sus primeros casos de cobro exprés, el último en tan sólo 19 días, en el seno de un procedimiento en ejecución por incumplimiento de una sentencia firme de julio de 2022. En este último caso de éxito, el deudor hizo frente al pago de la deuda inmediatamente después de recibir la advertencia de inclusión en el fichero RIJ, sin que fuese necesario realizar la segunda notificación preceptiva por la que se le comunicara la inclusión efectiva en el fichero. Por tanto, no fue ni siquiera necesario hacer pública la deuda, ya que a raíz de la primera notificación advirtiendo de la potencial inclusión en el RIJ el deudor cumplió con el pago.

Cuantía

Las deudas que se reclaman no pueden tener un valor inferior a los 50 euros, según la norma

«Es la confirmación de que este novedoso sistema, pionero en el mundo, es una solución tecnológica y jurídica eficaz para resolver el problema de las sentencias infructuosas y aliviar la carga de trabajo de los juzgados», afirma el director general del RIJ, Enrique Rodríguez Zarza, quien destaca la importancia de «la cascada de resoluciones judiciales en las que se respalda su utilización como instrumento legal válido para informar al deudor, así como el goteo continuo de casos de cobro exprés que estamos registrado en el último trimestre del año».

Con jueces y letrados

Su implementación ha sido posible gracias al aval de jueces y letrados de la administración de justicia que están aceptando ya su utilización en juzgados de todo el territorio nacional para impulsar el cobro de deudas, con plena garantía jurídica.

Se trata de un novedoso fichero de morosidad creado por la sociedad «Desarrollo de Aplicaciones Jurídicas, S.L» (constituida por «IT Abogacía S.L.» sociedad del Consejo General de la Abogacía Española y la mercantil Inversiones Colectivas en Red, S.L) destinado a recoger información de deudas líquidas vencidas y exigibles no inferiores a 50 euros y reconocidas mediante una resolución judicial firme, aportada por los acreedores de las mismas a través de su representación procesal (abogados, procuradores, graduados sociales) que les representan en dicho proceso o por estos últimos en su propio nombre cuando sean ellos los titulares de la deuda, al objeto de su difusión al sistema financiero español y terceros que acrediten un interés legítimo en acceder a tal información.

La inclusión en el fichero afecta a la capacidad crediticia y a la reputación empresarial del deudor, que para no ver bloqueada su financiación y contratos con terceros deberá proceder al inmediato pago de la deuda.

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