El TSJ mantiene la pena para un condenado por estafa y absuelve a otro
El primero había sido juzgado por un divorcio y el segundo por la venta de un coche
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León mantuvo la condenan a nueve meses de prisión para un varón juzgado por un delito de falsedad en documento mercantil y absolvió a otro que recurrió su pena poro un supuesto de estafa.
El primer supuesto correspondió a un varón, que falsificó la firma de la madre de sus hijos para utilizar con fines de beneficio propio la cuenta en la que tenía que ingresar los 150 euros mensuales que se habían fijado como pensión alimenticia para sus vástagos, en virtud del acuerdo de divorcio adoptado por vía judicial.
Según la sentencia, el investigado llegó a adeudar 1.980 euros a la madre de sus hijos, a pesar de que firmó varios documentos en los que aseguraba que estaba al corriente de pago de sus obligaciones.
La Audiencia afirma que desde el 27 de diciembre de 2018, fecha en la que se presentó la querella que dio lugar a las actuaciones —querella que fue admitida a trámite el 31 de enero de 2019 mediante Auto en el que ya se acordó practicar la pericial caligráfica— hasta que dicha prueba fue practicada por la Brigada de Policía Científica de la Comisaría de León el día 10 de marzo de 2022, transcurrió un plazo excesivo «que no tiene por qué soportar el acusado, que ninguna intervención tuvo en la referida dilación, y que la simpleza de la prueba que motivó la espera (el cotejo de una sola firma en el contrato de cuenta corriente con el cuerpo de escritura y firmas efectuado por la denunciante), no puede servir de justificación a la misma». Por eso se aplica la atenuante de dilaciones indebidas.
El caso de la venta del vehículo que dio lugar a la absolución del segundo investigado, deparó en sede judicial la convicción de que «no hay base suficiente para considerar más veraz una que otra versión de los hechos, de las que han proporcionado denunciante y denunciado, quedando muchos puntos oscuros».