Tira 800 euros de cocaína a la cuneta tras verse sorprendido en un control
La Audiencia Provincial le impone un año y medio de prisión por un delito contra la salud
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial impuso una pena de un año y medio de prisión a un individuo, acusado de un delito contra la salud pública al ser sorprendido en un control policial y tirar a la cuneta 800 euros de cocaína.
La sentencia declara probado que el acusado, mayor de edad y anteriormente ejecutoriamente condenado en sentencia de fecha 30.9.1999 por delito de robo con fuerza en las cosas y en sentencia de fecha 23.10.2008 por un delito de lesiones, estaba estacionando su vehículo a la altura de la calle La Iglesia de la localidad de Villaobispo de las Regueras con acceso al carril bici del río Torio y al percatarse de que se acercaba una patrulla de la Guardia Civil del Puesto de Armunia, el acusado arrojó a la vegetación que había al lado de su vehículo, una bolsa de tela en cuyo interior llevaba 10 papelinas de plástico con un total de 8.41 gramos de cocaína con una riqueza del 73,51%, valorada en la cantidad de 793,95 euros, que el acusado tenía para proceder a su venta a terceras personas. La cocaína es una sustancia estupefaciente incluida en la Lista I de la Convención única sobre Estupefacientes de 30 de marzo de 1961.
El acusado decidió aceptar un acuerdo de conformidad, a la vista de que la carga probatoria era notable. Conforme al la Ley de Enjuiciamiento Criminal, antes de iniciarse la práctica de la prueba, pidió al Tribunal que procediera a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación que contenga pena de mayor gravedad, o con el que se presentara en ese acto, que no podrá referirse a hecho distinto, ni contener calificación más grave que la del escrito de acusación anterior.
Como quiera que la pena no excediere de seis años de prisión, el Juez o Tribunal dictará sentencia de conformidad con la manifestada por la defensa, siempre que la calificación aceptada sea correcta, que la pena sea procedente según dicha calificación, tras comprobar que la conformidad del/los acusado/s ha/n sido prestada/s libremente y con conocimiento de sus consecuenciasm de acuerdo a la legislación vigente en el momento de realizar las pruebas.
Otro varón fue condenado a una pena un año y ocho meses de prisión por un delito de robo con violencia en grado de tentativa.
El fallo da por probado que, sobre las 22:20 horas del día 15 de septiembre de 2021, el acusado , mayor de edad y ejecutoriamente condenado en sentencia firme de 22 de marzo de 2021, dictada por el Juzgado de lo Penal 2 de León, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas, a la pena de seis meses de prisión, cuando se encontraba en la calle Alfonso VI de la localidad de León abordó a una pareja y les pidió un euro.
La víctima le dijo que no tenía dinero suelto mostrándole la cartera que contenía un billete de diez euros ante lo que el acusado, con el propósito de obtener un beneficio ilícito, tras exigirle la entrega de tal billete le dijo «te voy a quitar la cabeza del cuerpo, te voy a sacar las tripas», al tiempo que hacía el gesto repetitivo de sacar algo de la parte posterior del pantalón que vestía; como quiera que no obtuvo el billete, el acusado inició un forcejeo con Marco Antonio y le propinó un golpe con la mano abierta en el labio, tirándolo al suelo, aunque sin llegar a apoderarse del dinero.
Como consecuencia de tal agresión, Marco Antonio sufrió policontusión, herida inciso-contusa en labio superior, contusión en mano derecha y otras.