El Ayuntamiento de León da autoridad a la ORA para multar en carga y descarga
Los repartidores deberán emplear la app para estacionar y no podrán ocupar un mismo espacio más de media hora
Editorial: ¿A la búsqueda de más eficacia al multar?
La nueva regulación de los carga y descarga de la ciudad, para la que se ha comprado ya un multacar que permite a la Policía Local sancionar sin bajarse del vehículo, suma un aliado. Los controladores de la ORA tendrán potestad para gravar los estacionamientos irregulares, de acuerdo al borrador de la modificación de la ordenanza de tráfico y seguridad vial, que prevé recetas de entre 80 y 200 euros en función de los condicionantes por la infracción.
La normativa que promueve el equipo de gobierno de José Antonio Diez recoge, como apostilla a su artículo 16, que «sin perjuicio de las facultades que corresponden a los agentes de la Policía Local, el Ayuntamiento podrá nombrar personal auxiliar para controlar la adecuada utilización de las zonas de carga y descarga y poner en conocimiento del órgano sancionador competente las conductas contrarias a la presente ordenanza». «Las denuncias voluntarias formuladas por el personal auxiliar podrán ser utilizadas como elemento probatorio para acreditar los hechos objeto de las denuncias, sin perjuicio de la posibilidad de incorporar al expediente una imagen del vehículo infractor, que permita avalar la denuncia voluntaria formulada», se reseña en el texto.
León
El alcalde de León introduce cámaras en los coches de la policía para multar en marcha
Álvaro Caballero
Aunque se presume que la potestad se ejercerá en las zonas ORA, la redacción de la ordenanza deja abierto que este «personal auxiliar» pueda extender sus funciones más allá del centro de la ciudad, que suma en total cerca de 200 cargas y descargas con 500 plazas de estacionamiento. El texto abunda en que el Ayuntamiento de León «podrá emplear medios técnicos para el establecimiento del sistema automatizado de identificación de vehículos y control del uso y de las condiciones de utilización de las zonas de carga y descarga mediante una aplicación móvil».
La aplicación ya está adjudicada con una factura de 200.000 euros. La cobrará la sociedad mixta de la ORA, Eulsa, en la que el Ayuntamiento tiene el 57% del accionariado y su socio privado, Telpark, el resto, después de que el procedimiento de contratación resolviera su adjudicación directa por su vinculación con la actual herramienta, ya en funcionamiento, que permite pagar por el uso de las zonas azul y naranja mediante el teléfono móvil.
El nuevo módulo, que se habilitará en esta misma app y lleva asociado la señalización y postes de conexión bluetooth , regulará el estacionamiento de los profesionales en los carga y descarga. Los repartidores no podrán parar sin más, como hasta ahora, sino que tendrán que «mediante el sistema automatizado, será preciso la obtención de un título habilitante (tique virtual), en el que constará el número de identificación de la concreta reserva, con expresión del día, mes, año y hora de inicio del uso del estacionamiento, minutos máximos autorizados y la matrícula del vehículo». Una vez acaba la operación, el transportista «deberá informar al sistema de la finalización del uso de la reserva».
Doble vigilancia
El tiempo máximo de utilización de las zonas de carga y descarga queda fijado en 30 minutos, «dentro de la franja horaria permitida por la señalización correspondiente». No podrá ser superado, «en ningún caso, mediante la utilización de títulos sucesivos», como se incide en la ordenanza, aunque se reseña que «se podrán establecer diferentes tiempos máximos de uso con el objeto de aumentar la disponibilidad de plazas libres, maximizar la rotación, optimizar las rutas de los operadores logísticos, reducir los trayectos en busca de estacionamiento y, en general, proteger el medio ambiente y reducir la emisión de gases contaminantes». .
Algunas multas se podrán anular como en la ORA
La normativa advierte de que «no se permitirá más de una operación simultánea para una misma matrícula». Pero, además, recalca que el «tique virtual no podrá se obtenido si el vehículo a estacionar no estuviera habilitado para ejercer la actividad de carga y descarga en los términos prescritos por la presente ordenanza o si pretendiera estacionar en la misma fuera del horario autorizado». Este apunte atiende a la nueva regulación en la que se fija que el uso en los horarios acotados se restringe «únicamente el sector profesional vinculado a la actividad comercial, industrial o de reparto de mercancías». «Por tanto, sólo se podrán dar de alta en la aplicación las personas físicas o jurídicas titulares o arrendatarias de vehículos que tengan permitida la utilización de las zonas de carga», se lee.