Cómo se calculan devoluciones e IRPF para los mutualistas
Los trabajadores afectados por la revisión realizada por el Tribunal Supremo realizaron aportaciones a las mutualidades hasta 1978, y en las pensiones que hoy perciben cotizan por una parte de la percepción que depende de las aportaciones realizadas hasta aquel momento. La consecuencia de estas reclamaciones es que los pensionistas que entonces aportaron sus cuotas a las mutualidades van a tributar a partir de ahora menos, y pueden reclamar lo tributado de más durante los últimos cuatro años, que son los que no han prescrito (desde 2019 a 2022). Es decir, los pensionistas tendrán que calcular qué parte de su vida laboral que computa en su pensión corresponde con los años en los que realizaron aportaciones a las mutualidades, y sobre el porcentaje que salga de este cálculo habrá que reducir un 25%. Y esa parte porcentual es la que verán reducida en las próximas declaraciones del IRPF que realicen. La modificación implica que en la casilla de rendimientos de trabajo a declarar se incluya una cantidad menor a la que tributaban hasta este momento. Y lo que se reclama es esa cantidad a reducir en las declaraciones de los ejercicios tributarios que aún no han prescrito.