El opositor a bombero en León que no entró por seis centésimas logra plaza por vía judicial
El juzgado condena al Ayutamiento a admitirle y a despedir al que había quedado delante
Se quedó fuera por tan sólo 6 centésimas. Su nota final, después de la suma de las pruebas físicas, los dos ejercicios teóricos y la conducción por un circuito cerrado le dejó con una nota de 60,03. La anterior, que daba derecho al último de los contratos para entrar en el cuerpo de bomberos de León, sumaba 60,09. Pero 8 meses después, el juzgado de lo contencioso número 3 de León acaba de meterle en la plantilla municipal tras atender la reclamación en la que defendía que se le había dado por errónea una respuesta de las 90 preguntas del cuestionario tipo test, cuando en realidad la había acertado. Sólo un acierto, pero lo justo para que el magistrado condene al Ayuntamiento de León a nombrarle funcionario de carrera y, en consecuencia, a que tenga que prescindir del opositor que había quedado por delante y que está en activo en el parque desde septiembre del pasado año.
El fallo admite recurso ante el Tribunal Superior de Justicia. Pero el letrado municipal ya trasladó al equipo de gobierno de José Antonio Diez que «lo más conveniente para los intereses municipales es la no impugnación», dado que «la argumentación resulta convincente, se ajusta a la jurisprudencia de aplicación y será muy difícil su revocación en la segunda instancia». «La demora en la resolución de este asunto, para el supuesto de que no se revocase la sentencia, perjudica los intereses municipales ya que el recurrente debe ser nombrado con efectos administrativos y económicos en la misma fecha que los demás aspirantes, y si no se revocase la sentencia es previsible una condena en costas en la segunda instancia», advierte la asesoría jurídica, después de que ya haya sido condenado en costas por el contencioso administrativo número 3 de León.
Aunque también cabe la opción de que recurra el bombero afectado que quedó como la décima mejor nota. Antes de quedarse fuera, el profesional podría apelar ante el TSJ. La argumentación deberá revertir el dictamen del magistrado de León que da por buena la reclamación del afectado al aceptar la respuesta controvertida del ejercicio tipo test.
La pregunta pedía a los aspirantes que resolvieran «a quién corresponde aprobar anualmente la plantilla que deberá comprender todos los puestos de trabajo de reservados a funcionarios, personal laboral y eventual». Como opciones posibles se daban cuatro: «a) a la Corporación local; b) a la Administración General del Estado; C) a la Consejería autonómica correspondiente en la materia; d) ninguna de las anteriores». El opositor se decantó por la primera alternativa, identificada con la letra a). Pese a que en la primera plantilla se dio por buena, después de que lo impugnaran dos personas, el tribunal de selección, formado sólo por técnicos, aceptó la petición de que fuera la cuarta, apuntada como d), porque de acuerdo a la ley «corresponde, en todo caso, al Pleno municipal del Ayuntamiento».
La argumentación del Ayuntamiento de León de que la respuesta a) «no era 100% correcta» no la entiende el magistrado. «La correspondencia entre la pregunta realmente formulada y la respuesta de la opción a) resulta inequívoca. Una graduación ‘porcentual’ en la cualidad de ‘correcta’ de dicha respuesta conculca toda razonabilidad. Será correcta o no en razón de su contenido, vinculado a la congruencia con el texto de la pregunta. Si el tribunal quería preguntar por el órgano competente, por el instrumento jurídico necesario o por el contenido literal de algún precepto legal, pudo hacerlo así, pero no lo hizo», se cita en el fallo. Esa redacción vale un contrato de bombero para el opositor que, en septiembre, se quedó a seis centésimas de una plaza.