El Ayuntamiento reducirá más las terrazas tras la presión de la oposición y los vecinos
El borrador enmienda que no pasen de una quinta parte de los aparcamientos en el centro y una cuarta en los barrios, cuando en el documento inicial se fijaba en un tercio
Editorial: Sensatez obligada en la regulación hostelera
Donde ponía un tercio como máximo de ocupación de las plazas de aparcamiento de la zona, ahora se cita una quinta parte en el casco histórico y el Ensanche e, incluso, una cuarta en el resto de la ciudad. No más. La reducción se anota en la enmienda al borrador inicial asumida por el equipo de gobierno de José Antonio Diez tras las reclamaciones de los grupos políticos de la oposición y los colectivos de vecinos que habían advertido de la proliferación descontrolada de las terrazas covid. Aunque no es la única variación que se anota en el texto, en el que también se fija un nuevo horario de primavera, que se acota desde el Domingo de Ramos hasta el 15 de junio para restringir la Semana Santa, en el que cierre de los veladores se limita a las 00.00 horas, de lunes a jueves, en lugar de las 01.30 horas, y a las 01.30, en vez de a las 02.00 horas, los festivos y fines de semana, además de que se hace incide en que no se podrán «simultanear» la colocación de sillas y mesas en la acera y en la calzada.
El texto que pasará a Pleno para la aprobación inicial, salvo cambios de última hora en el texto pulido tras varias reuniones entre los grupos políticos, añade entre sus «condiciones generales de ubicación» que «la colocación de las terrazas no impedirá u obstaculizará la visión de edificios emblemáticos históricos o singulares o elementos de patrimonio de la ciudad». Entre los nuevos requisitos se establece además que «una vez instalada la terraza, no se podrá tener apilado material principal ni accesorio de la misma, en la vía pública», mientras que se mantienen como máxima que «la disposición mantendrá un itinerario peatonal con una anchura libre de paso no inferior a 1,80 metros que garantice el giro, cruce y cambio de dirección de las personas, independientemente de sus características o modo de desplazamiento y una altura libre de paso no inferior a 2,20 metros».
Al pie de este artículo se asienta que «se podrán autorizar terrazas en calzada, cuando no exista posibilidad material de disponer cuatro veladores en la acera garantizando el itinerario peatonal» de 1,8 metros sobre la fachada, pero se añade ahora que «no se podrán simultanear» como sí que se permitía en la redacción original.
Como continuidad a estas guías, en el artículo 9 se afinan las condiciones específicas. En la calzada, el Ayuntamiento de León, en contra de otras ciudades que han optado por criterios más restrictivos, inciden en que «en ningún caso la colocación de terrazas en la calzada podrá suponer la supresión de más de una quinta parte de las plazas de estacionamiento disponibles» de la zona acotada del casco histórico y el Ensanche
León
Las terrazas en León no podrán quitar más de un tercio de los aparcamientos de la zona
Álvaro Caballero
No entra a valorar calle a calle, como había exigido el PP, sino que se remite a una almendra central. Fuera de ella, tampoco se afina el control vía a vía, sino que se limita a restringir la eliminación de plazas de estacionamiento para las terrazas covid de «una cuarta parte en el resto de los barrios de cada sector». «En todo caso, la longitud máxima de la ocupación por cada establecimiento será de 12 metros lineales en el caso de que se ocupe zona de estacionamiento en cordón, y de 6 metros en el caso de estacionamiento en batería, sin que su anchura o profundidad pueda exceder la de las plazas de estacionamiento», se mantiene, a la vez que se insiste en que s»e situarán en el espacio de la acera frente la fachada de los establecimientos respectivos», con la posibilidad de «ocupar la línea de fachada de las actividades comerciales colindantes o fincas contiguas siempre que disponga de autorización previa expresa».
En la nueva redacción se afina que «las terrazas sitas en calles peatonales, plazas y todas las que se encuentren ubicadas dentro del plano» del casco histórico y el Ensanche «deberán contar obligatoriamente con servicio de atención en terraza», pero se apostilla que tan sólo «a partir de 6 veladores concedidos». Se da un poco más de flexibilidad sobre el borrador inicial, en el que se exigía en todos los casos, como se mantiene para todas las situadas «en calzada».
León
Los vecinos del Húmedo de León exigen a Diez participar en la ordenanza de terrazas
Álvaro Caballero
Las enmiendas añadidas por los grupos de la oposición sirven para abrir un nuevo horario en lugar de invierno y verano. Este último se abre en dos diferentes. El primero irá desde «el viernes anterior a Domingo de Ramos hasta el 15 de junio, cuando se limita el cierre de las terrazas de lunes a jueves a las 00.00 horas, mientras que los «viernes, sábados y las vísperas de días festivos» se marca como tope las 01.30 horas. Esta nueva franja se desliga del resto de la época estival, en la que se mantiene a diario el cierre a la 01.00 horas y el resto a las 02.00 horas. El horario de apertura se mantendrá «a las 08.00 horas».
Entre estas zonas, se hace un nuevo capítulo para el casco histórico, donde los vecinos han redoblado sus reivindicaciones. Aunque sin llegar a lo que reclama la asociación vecinal, sí que se recoge que «en las Zonas acústicamente saturadas (ZAS) se deberán respetar los horarios incluidos en el punto 6º de los efectos determinados en la declaración aprobada para los mismos». Estos espacios contarán además con una advertencia a mayores, de acuerdo a la nueva ordenanza, en la que se establece que «no se podrá autorizar un incremento de superficie de ocupación de la terraza respecto al ya concedido en su caso, con el fin de que el nivel de ruido ambiental en la zona se vea incrementado».
El texto da a «las personas titulares de autorizaciones vigentes a la entrada en vigor» de la ordenanza «un plazo límite hasta el 31 de diciembre de 2024 para adaptar los elementos de las mismas a las condiciones establecidas». «No obstante, este plazo en las terrazas en calzada solo estará disponible para aquellas que en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la entrada en vigor de la ordenanza, que quieran continuar con su actividad y no estén adaptadas a la misma, presenten solicitud de autorización y presupuesto con las actuaciones que precisen realizar», les avisa la nueva redacción.