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La UE insiste en que los interinos que acumulen contratos deben hacerse fijos

Nueva sentencia contra la temporalidad en la Administración, que afecta a más de 4.000 leoneses

La justicia europea insiste en sancionar el abuso de la temporalidad en el empleo público. J. F. SALVADORES

Publicado por
maría j. muñiz
León

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo pública ayer una nueva sentencia en la que reitera que los trabajadores interinos que acumulen una sucesión de contratos en las administraciones deben convertir sus contratos en fijos, aunque no adquirir la condición de funcionarios, como pretendían inicialmente. Una medida que afecta a más de 4.000 trabajadores públicos en la provincia de León, según datos del CSIF, que advierte de que la cifra de empleados que han de acogerse a esta medida se ha incrementado desde 2019 porque los procesos de estabilización comprometidos están en su mayoría aún pendientes.

En febrero el tribunal ya determinó que España incumple el Acuerdo Marco europeo sobre el trabajo de duración determinada, e instaba a convertir en fijos a los empleados interinos afectados por el encadenamiento de contratos. La sentencia publicada ayer rechaza además la jurisprudencia del Tribunal Supremo español, que rechazó hace dos semanas que estos trabajadores se conviertan en fijos y considera que no son equiparables a quienes accedieron por oposición

El Supremo señala que la decisión del tribunal europeo es incompatible con el ordenamiento español. Sin embargo, el TJUE advierte de que los juzgados tendrán que inaplicar esta jurisprudencia española si es incompatible con los objetivos del Acuerdo Marco y la Directiva Europea que impide abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos de una duración determinada. E insta a revisar esta jurisprudencia.

En todo caso, la sentencia publicada ayer concluye que la convocatoria de procesos selectivos que establece la ley aprobada por España en 2021 para reducir la temporalidad en el empleo público no es adecuada para sancionar debidamente los abusos. Y que las compensaciones que recoge esa ley (veinte días de retribución por año de servicio y doce meses de salario total) «no permiten ni la reparación proporcionada y efectiva ni la reparación adecuada e íntegra de los daños derivados de dichos abusos».

Por eso el tribunal europeo decide que es la conversión de los contratos en una relación de empleo por tiempo indefinido lo que supone una medida efectiva para «evitar, y en su caso sancionar la utilización abusiva» de los contratos temporales en el sector público.

De momento el Tribunal Supremo no aplica la decisión de febrero del TJUE y no acepta hacer fijos a los interinos porque lo considera incompatible con el sistema español de pasar unas oposiciones para ganar la plaza. Y ha planteado una cuestión al tribunal europeo para que aclare la obligatoriedad de la medida. La sentencia de ayer no responde esa cuestión, sino tres prejudiciales planteadas por un juzgado de Barcelona.

Contra el Supremo

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Pendiente

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