Tribunales
Le amenaza con partirle las piernas si no devuelve el quad de su hermano
El autor de los hechos advirtió también de que le quemaría el coche si no aparecía pronto
Un vecino de León ha sido condenado a una pena de un mes de multa a razón de seis euros diarios (180 euros) como autor de un delito de amenazas, por conminar a otro a devolver a su hermano un quad que creía que le habían robado, pese a que la víctima negaba los hechos.
La sentencia del caso, dictada en el Juzgado de Instrucción número 2 de la capital, señala que el día 27 de septiembre de 2022, sobre las 13.58 horas la víctima recibió una llamada telefónica en la que el sospechoso le acusó de haberse apoderado de un quad, propiedad de su hermano, cuya sustracción se había denunciado y, le dijo que, si en 24 horas no recuperaba el quad iría a por él con el rifle o mandaría a sus hermanos a partirle las piernas.
Tras esta llamada, la víctima llamó al acusado para explicarle que él no tenía nada que ver con esta sustracción y, en el curso de la conversación entre ambos, le dijo que le iba a partir las piernas y a quemarle el coche si no aparecía el quad».
En la sentencia se ha valorado también la declaración de un testigo que aseguró «el día 27 de septiembre de 2022 estaba con la víctima en el tractor sobre la hora de comer, y éste recibió una llamada; que vio al denunciante preocupado; que oyó que le amenazaban; que le decían que dejara lo que había cogido, que tenía 24 horas, que le amenazaron, que decía que iban a venir a buscarle y a darle una paliza, o algo así; que, no recordaba las palabras exactas».
Que luego llamó a un chico «más o menos en el mismo plan» y le dijo que le iban a buscar y que le iban a dar una paliza, que dejara lo que había cogido»; que, también le dijeron algo del coche».
Por su parte, los denunciados negaron en la vista haber hablado con el denunciante y proferido los expresiones reflejadas en el relato fáctico.
El recurso de apelación resuelve que «en contra de lo que sostiene los apelantes, claro que los actos enjuiciados tienen suficiente entidad como para fundamentar una sentencia penal condenatoria, pues amenazar es dar a entender con actos o palabras que se quiere hacer algún mal a alguien. Es decir, que para cometer este delito basta con anunciar, mediante hechos o palabras, de la causación de un mal a otro», dice la Audiencia Provincial.
«En este caso, es evidente que los ahora recurrentes intimidaron al denunciante mediante la conminación consistente en la causación de un mal, al amenazarle con mandarle a sus hermanos con un rifle y partirle las piernas y quemarle el coche sino aparecía el quad creándola así una intranquilidad de ánimo, inquietud o zozobra, evidentes y que justifica su condena penal», dice el fallo.