Diario de León

El Ayuntamiento de León amplía hasta abril el margen para adaptar las terrazas en calzada

El Pleno aprueba de manera definitiva el texto por unanimidad 

El Pleno aprobó este viernes por unanimidad la nueva ordenanza de terrazas de forma definitiva.

El Pleno aprobó este viernes por unanimidad la nueva ordenanza de terrazas de forma definitiva.Ramiro

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La ordenanza reguladora de terrazas ya sólo espera al trámite de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) en los próximos días. Antes, el Pleno cumplió este viernes con la aprobación definitiva por unanimidad de todos los grupos después de resolver las alegaciones presentadas. La mayoría quedan en la basura, sin atender las mayores exigencias de restricción que pedían los vecinos del casco histórico, pero sí que se atiende la reclamación de ampliar el plazo de adaptación de las instalaciones en calzada hasta el 31 de marzo de 2025.

La fecha modifica la prescripción que había en la redacción inicial de la ordenanza, que el alcalde prometió para el mandato pasado pero retraso por cálculo electoral. En ese texto se incidía en que los interesados deben solicitar la continuidad de las terrazas en calzada durante “un plazo de 30 días hábiles desde la entrada en vigor de la ordenanza”, pero se les avisaba de que la adecuación podía estirarse hasta el 31 de diciembre de 2024. “Pero en aras de garantizar una seguridad jurídica se modifica, teniendo en cuenta que las empresas instaladoras pudieran experimentar retrasos en instalación y colocación”, como viene en el dictamen, en el que se apostilla que “de manera excepcional aquellos locales que a 31 de diciembre de 2024 justifiquen la imposibilidad de la ejecución de la obra se les otorgara un plazo nunca superior a 31 de marzo de 2025 para su completa puesta en funcionamiento”.

No hay ampliación en cambio en el plazo de adecuación para el resto de terrazas. Como se asienta en la ordenanza, “las personas titulares de autorizaciones vigentes a la entrada en vigor de esta ordenanza dispondrán de un plazo límite hasta el 31 de diciembre de 2024 para adaptar los elementos de las mismas a las condiciones establecidas en esta ordenanza”.

Las apostillas incluidas durante el período de alegaciones apenas van más allá. Entre los leves cambios se retoca el apartado en el que se hacía referencia a que “en todo caso, la longitud máxima de la ocupación por cada establecimiento será de 12 metros lineales en el caso de que se ocupe zona de estacionamiento en cordón, y de 6 metros en el caso de estacionamiento en batería, sin que su anchura o profundidad pueda exceder la de las plazas de estacionamiento». Ahora, estas dimensiones se ajustan para llevarlas de 12 a 15 metros en atención al área “para ocupar el espacio de tres plazas de aparcamiento”, aunque se reseña que “el espacio sobrante entre la terraza en calzada y el resto de los aparcamientos debe de ser un espacio suficiente para el aparcamiento de un vehículo, de lo contrario la terraza deberá de adaptarse en tamaño en su forma más restrictiva, para conseguir este fin”.

No hay cambio en cuanto a que deberán colocarse “en el espacio de la acera frente la fachada de los establecimientos respectivos». Ni se varía la redacción que regula que “se podrán autorizar terrazas en calzada, cuando no exista posibilidad material de disponer cuatro veladores en la acera garantizando el itinerario peatonal» de 1,8 metros sobre la fachada, aunque «no se podrán simultanear» con instalaciones en la acera.

No se toca tampoco el apartada que establece que «en ningún caso la colocación de terrazas en la calzada podrá suponer la supresión de más de una quinta parte de las plazas de estacionamiento disponibles» en el casco histórico y el Ensanche; una proporción que, en el resto de barrios, se amplía a “una cuarta parte”.

El servicio de atención de terraza se ajusta también a la redacción ya aprobada de manera inicial en mayo. Las instalaciones situadas “en calles peatonales, plazas y todas las que se encuentren ubicadas dentro del plano» del casco histórico y el Ensanche «deberán contar obligatoriamente con servicio de atención en terraza», siempre que sean «a partir de 6 veladores concedidos». Pero no hay este margen en las colocadas en calzada. Ahí, se obliga a los hosteleros a tener servicio en todo caso. 

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