Condenado a cinco años de cárcel el comprador en falso del hotel Quindós
El TSJCyL fija una multa de nueve millones de euros por no hacer frente a la operación acordada
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratificó la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de León, de acuerdo a la cual se condena a una pena de cinco años de cárcel por estafa agravada al supuesto comprador del hotel Quindós, que pactó la venta del establecimiento y luego no abonó el importe pactado, que se acercaba a los tres millones de euros. El condenado deberá abonar además una multa de más de nueve millones de euros y una indemnización por valor de 75.000 euros por daños morales a la familia vendedora.
El TSJCyL ratifica la sentencia de León y desestima el recurso presentado por el procesado. Había suscrito en 2017 una carta de intenciones con la familia propietaria del hotel, a través de una sociedad, por medio de la cual pactó la venta en diciembre de 2017 después de varios retrasos en la operación.
El acusado «no tenía intención de cumplir la obligación de pago del precio, sino que, actuando con el propósito de obtener un beneficio ilícito, pretendía conseguir a través de la sociedad la titularidad del hotel y del edificio en el que éste estaba situado, y disponer del mismo, sin abonar a los vendedores el precio pactado», explica el Alto Tribunal. En ejecución de ese propósito, tras entregar, en el momento de la firma, unos pagarés con vencimiento futuro, «sin tener intención de disponer de fondos en la cuenta el día del vencimiento, 6 de Marzo del 2.018, entró en posesión del hotel y del edificio desde el día siguiente de la firma de la escritura, gestionando de manera exclusiva y a través de una tercera sociedad el hotel». Para rematar su plan, «intentando enmascarar su intención de no pagar, el día 26 de enero de 2.018 remitió un burofax a los socios vendedores manifestando haber detectado incumplimientos y diferencias en la situación de la sociedad respecto a la aportada en el momento de la venta, por lo que les reclamaba la cantidad de 71.896,088 euros».
Dice la sentencia que las intenciones estaban claras. Al vendedor le llamó la atención que el comprador apenas mostrara interés en ver el hotel cuando se lo enseñaron y que estuviera unicamente interesado en cerrar el acuerdo. «Urdió un plan encaminado a defraudar a los perjudicados, quienes, debido a la mala situación económica que atravesaba la empresa, y decididos en la venta de la sociedad, cayeron en el error derivado de la apariencia de solvencia puesta en marcha por aquel, y accedieron a la venta de la totalidad de las participaciones sociales». Hizo «un hábil manejo de los tiempos de la negociación». Cabe aún recurso de casación ante el Tribunal Supremo.