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El TSJ rechaza otro recurso de la administración autonómica ante la demanda de 277 sanitarios leoneses

Nueva sentencia firme en contra del Sacyl por las cuotas de colegiación

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León rechazó el recurso del Sacyl contra una sentencia en la que se reconoce el derecho a 277 m

Publicado por
Luis Urdiales Redacción - LEÓN.
León

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Los profesionales sanitarios leoneses alegaban la discriminación que sufrían respecto a otros empleados públicos a quienes la administración paga la cuota de colegiación (que varían entre 12 y 36 euros mensuales), obligatoria para prestar servicios. En concreto se amparaban en la decisión del antiguo Insalud que desde hace años paga las cuotas que deben satisfacer los inspectores médicos que, como los reclamantes, trabajan en exclusiva para la administración. Los trabajadores sanitarios entendían que en base al artículo 14 de la Constitución el trato dispensado debería ser igualitario y no discriminatorio. La decisión tomada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, motivada por un recurso cursado por la administración sanitaria, confirma que ésta debe abonar las cuotas de colegiación de los 277 médicos y sanitarios incluidos en la demanda presentada por la Unión Provincial del sindicato CSI-CSIF. El juzgado de lo social número 3 de León reconoció, en sentencia del 4 de julio, el derecho a reembolso de las cuotas colegiales que desde 1998 están pagando los profesionales reclamantes como requisito imprescindible para trabajar para el Insalud, quien desde el 1 de enero del 2002 traspasó contratos y responsabilidades al servicio asistencial de la comunidad de Castilla y León que, como responsable ahora, deberá abonar estas cuotas. Distintos sindicatos han cursado ante los tribunales reclamaciones similares en representación de sus afiliados en una larga batalla legal de importantes repercusiones económicas para la administración ya que afecta a más de un millar de médicos y casi tres mil enfermeros que trabajan en exclusiva en los centros sanitarios públicos de la provincia. Las cuotas se suman a la cuantía anual cifrada en seiscientos mil euros, en la provincia de León, originada a partir de un fallo del Supremo en octubre del año 2001. El Sindicato Médico Leonés anunció entonces que reclamaría el reembolso de cuotas desde el año 1998. Las decisiones de distintos juzgados de todas las comunidades reconociendo el derecho de los profesionales a que el organismo contratante pague sus cuotas han llevado a varias comunidades autónomas a modificar su legislación sobre colegios profesionales para hacer, así, la colegiación libre. En Castilla y León, la normativa vigente de colegios ha sido interpretada por distintos jueces con sentencias contradictorias, unas reconociendo la colegiación como voluntaria para los profesionales que trabajan en exclusiva para la administración pública y otras manteniendo la obligatoriedad de asociarse gremialmente para ejercer. El primer fallo judicial al respecto se emitió hace un año, en enero del 2002, por parte del juzgado de lo social número 3 de la capital leonesa. La sentencia establecía que el servicio estatal de sanidad debía abonar 702 euros (más de 116.000 pesetas) a cada uno de los médicos demandantes en concepto de devolución de las cuotas colegiales.

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