La Junta ha autorizado la apertura de locales de dispensación en localidades sin farmacia
El Colegio de Farmacéuticos inicia un estudio de viabilidad sobre botiquines
Las entidades locales podrán solicitar la apertura siguiendo el decreto publicado por el «Bocyl»
El Colegio de Farmacéuticos realizará en las próximas semanas un estudio de viabilidad para determinar cuántos botiquines se podrán abrir en la provincia conforme a las normas de implantación aprobadas por la Junta de Castilla y León, publicadas ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León . La presidenta del ente colegial, Gloria Carrasco, destacó ayer que aún no se ha llevado a cabo este estudio a la espera de la publicación del texto definitivo ya que las condiciones que han de cumplir los botiquines han variado durante la redacción. Los botiquines. que deberán estar siempre adscritos a una oficina de farmacia y atendidos por un farmacéutico, se podrán ubicar en localidades que disten más de cuatro kilómetros de la botica. La apertura está condicionada a petición de la administración sanitaria o de la entidad local de la que dependa. La nueva normativa establece tres tipos de establecimientos en función de las condiciones de la implantación: permanentes, temporales o de emergencia. Los primeros tendrán carácter indefinido y se abrirán en función de la lejanía o la dificultad de acceso a la oficina principal; los botiquines temporales obedecerán a una necesidad temporal debido, por ejemplo, a un aumento poblacional durante los periodos estivales. Los de emergencia, según define el decreto, se autorizarán en caso de necesidad por una catástrofe sanitaria que haga necesaria la dispensación de medicamentos en una determinada zona. A la espera de los resultados del estudio de viabilidad, la presidenta del Colegio de Farmacéutico destaca que no se podrán abrir botiquines en todas las entidades locales pues serían inviables económica y laboralmente. El farmacéutico responsable del local de dispensación deberá cubrir un horario de, al menos, cuatro horas semanales repartidas en dos días para atender el servicio. «Somos conscientes de que no podrá haber uno en cada pueblo», explicó Gloria Carrasco. De momento, ninguna entidad local ha comunicado al Colegio su intención de solicitar la apertura de estos centros. Solicitudes Para poder contar con un botiquín, la entidad local que lo desee deberá iniciar los trámites mediante una solicitud a la Dirección General de Salud Pública y Consumo acompañada de planos del local, croquis del mismo, certificado del número de habitantes censados en el núcleo de población y acuerdo del equipo de gobierno municipal o de la entidad local por el que se decide la petición de autorización. La Consejería de Sanidad establecerá, con otras disposiciones posteriores, las existencias de medicamentos que deben mantener estos centros de dispensación para cubrir las necesidades de la población a la que atienden. El decreto de botiquines solucionará los problemas surgidos con la necesidad de cierre de distintas oficinas de farmacia tras la autorización de aperturas de nuevas boticas. Los concesionarios de estos locales que dispongan ya de una farmacia abierta deberán proceder a cerrarla de forma inmediata lo que obliga a la apertura de botiquines para evitar el desabastecimiento.