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El TS considera incompatible que se cobren dos pensiones de invalidez a la vez

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León

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El Tribunal Supremo (TS) considera incompatible que un trabajador cobre al mismo tiempo dos pensiones, una de invalidez permanente total y otra de gran invalidez, derivadas de dos accidentes de trabajo que sufrió en 1975 el primero y en 1993 el segundo. El alto tribunal asegura que la «pérdida de una renta profesional no puede protegerse a la vez con dos prestaciones que tengan la misma finalidad de sustitución, porque en ese caso la renta de sustitución podría ser superior a la sustituida». Recurso del INSS El Supremo estima el recurso interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) contra una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en la que avalaba la sentencia de un juzgado de León, que en noviembre del 2001 estableció el derecho del trabajador a percibir las dos pensiones. En junio de 1975, cuando trabajaba como peón para la empresa Minería del Carbón, César A.A. sufrió un accidente de trabajo que le causó la pérdida del tercio medio del brazo izquierdo, por lo que fue declarado en situación de incapacidad permanente total con derecho a la correspondiente pensión. Según la sentencia de primera instancia, posteriormente, César A.A. volvió a trabajar como vigilante y en marzo de 1993 sufrió otro accidente por «hemorragia subaracnoidea que le mantiene postrado con inmovilización absoluta y totalmente dependiente de otra persona». A causa de este accidente, se le reconoció una situación de gran invalidez, por lo que comenzó a percibir una pensión de 1.309 euros, superior a la anterior, que fue suprimida. Sin embargo, el juzgado de lo Social número 1 de León estableció en noviembre de 2001 que el trabajador tenía derecho a compatibilizar las dos pensiones.

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