Diario de León

La Omic se integra en una red para aplicar la Ley de garantías en la venta

Dos consumidores observan unos televisores en una tienda de León

Dos consumidores observan unos televisores en una tienda de León

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Europa Press | león

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La Oficina Municipal de Información al Consumidor (Omic) del municipio leonés de San Andrés del Rabanedo se integrará en una red regional de expertos en la aplicación de la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo. Se trata de una red que estará integrada por expertos del Instituto Nacional de Consumo y que tiene como principal objetivo el facilitar de forma rápida y consensuada una respuesta a las preguntas que de carácter general se susciten en el municipio, además de responder a las consultas que se formulen sobre la Ley de Garantías en un plazo de diez días. Todo ello con el fin de transmitir una información homogénea y evitar errores de interpretación. De hecho, la Omic de San Andrés ya informó a los consumidores de San Andrés sobre la entrada en vigor de la Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo en su último boletín informativo, que coincidió con las fiestas navideñas. Y es que hasta julio de 2003, los consumidores tenían un periodo de garantía para reclamar o exigir sus derechos si los productos que compraban no eran entregados en perfecto estado o tenían vicios ocultos; tales como el mal funcionamiento de un televisor, un vehículo con averías, o una lavadora que perdía agua. Sin embargo, tras la aprobación de la nueva Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, que entró en vigor el pasado 11 de septiembre, el vendedor tiene la obligación de entregar al consumidor un bien que sea conforme con el contrato de compraventa, es decir, en los ejemplos anteriormente expuestos correspondería a un televisor que funcione correctamente, un coche que no deba acudir al taller para ser reparado y una lavadora que no pierda agua y lave la ropa correctamente. En detalle En definitiva, la nueva ley determina cuando un bien no se acomoda a las características esperadas de forma lógica por el comprador y debe por tanto responder el vendedor entregando un artículo distinto o en su caso reparando y acomodando el producto vendido a las expectativas que se tenían del mismo. Por otro lado, con la normativa anterior los bienes tenían una garantía por un periodo no superior a seis meses.

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