Diario de León

Tres de los implicados pagarán 1.620 euros de multa por lesiones

La Audiencia absuelve a los que pegaron a Otero en Santas Martas

El tribunal considera que en el puñetazo que recibió el secretario de la UPL «no existió dolo»

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efe | león

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La Audiencia de León absolvió a los cuatro acusados de cometer otros tantos delitos de atentado en un pleno en el Ayuntamiento de Santas Martas (León), en el que se iba a debatir una moción de censura del PP y UPL contra el PSOE, aunque condena a tres de ellos a pagar multas por faltas de lesiones por 1.620 euros. El tribunal consideró hechos probados que el 18 de agosto de 2001, antes de debatirse la moción de censura, la entonces teniente alcalde, María Felicidad Agúndez (UPL), recibió una patada; el procurador en las Cortes y secretario general de UPL, Joaquín Otero, un puñetazo en el ojo; y otro edil del PP, Manuel Jesús González, un empujón y una patada, según la sentencia. El tribunal, presidido por Francisco Alvarez Rodríguez, absolvió a Francisco Rodríguez de un delito de atentado contra Otero, al considerar que «no existió dolo», ya que desconocía la condición de procurador del agredido, y que actuó porque «se encontraba seriamente contrariado». Aunque considera probado que el acusado pegó un puñetazo en el ojo a Otero, valora que «pese a impactar en uno de los cristales de las gafas de sol que llevaba puestas ni siquiera las rompió, lo que da una idea de su verdadera entidad». La Audiencia condenó al acusado a pagar una multa de 540 euros por una falta de lesiones contra Otero, a quien deberá indemnizar con 96,16 euros. En cuanto a los otros tres acusados, el juez absolvió del delito de atentado y falta de lesiones a Judit-María Lozano, actual concejal del PSOE, por considerar que no quedó probado que hubiera tirado de los pelos a la entonces teniente alcalde del Consistorio, quien hubiera sido la alcaldesa de Santas Martas si hubiera prosperado la moción, que finalmente no lo hizo. Respecto a Javier José Lozano y Juan Ignacio Bermejo, el tribunal condenó a ambos por sendas faltas de lesiones cometidas contra la entonces teniente alcalde y contra el concejal del PP, por las que tendrán que pagar cada uno 540 euros. Sin embargo, también les absolvió de sendos delitos de atentado, porque «con anterioridad a los hechos enjuiciados se llevaban mal» y, además, Lozano y Agúndez «estaban unidos por lazos de parentesco», ya que eran primos. Había un quinto acusado por una falta contra el orden público, Julio César Fernández, que fue condenado a pagar 90 euros.

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