Diario de León

Diez años para un agresor sexual, pero sólo cinco lejos de sus víctimas

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La Asociación Clara Campoamor tachó de «insultante» una sentencia que establece que una orden de alejamiento de cinco años para que un agresor sexual, condenado en León por cinco delitos, empiece a contar desde que este individuo, condenado a diez años de prisión, entre en la cárcel. La asociación recurrió esta sentencia en el Juzgado de lo Penal, donde solicitó que «se fije como fecha de inicio de cumplimiento de la pena de prohibición de aproximación y comunicación con las víctimas el día en que el condenado esté en libertad, ya sea por disfrutar de permisos penitenciarios o por el cumplimiento de la condena de privación de libertad». El recurso fue rechazado, primero en lo Penal y, más tarde, en la propia Audiencia Provincial de León. Asimismo, denunció la «utilización partidista y machista del Código Penal y el desconocimiento que algunos jueces y juezas tienen de los propios instrumentos jurídicos para hacer justicia y para defender la vida las mujeres y su libertad sexual». Además anunció que trasladará en breve su queja al Observatorio sobre Violencia de Género.

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