Diario de León

El TSJ condena a la unión regional de CC.OO. por no renovar el contrato a una empleada de León

León

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Los sindicatos, cuando ejercen el papel de empresa, también despiden. Y no siempre con razón. No, por lo menos, en el caso de la rescisión del contrato de una leonesa, Carmen Suárez García, cuyo puesto de asesora de salud laboral, primero, y de visitadora, después, dependía de la Unión Sindical de Comisiones Obreras de Castilla y León, aunque físicamente estaba en León. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León condenó recientemente al sindicato a readmitir a la trabajadora o abonarle una indemnización de 6.600,29 euros más los salarios dejados de percibir desde el 31 de diciembre de 2003, fecha del despido, hasta la notificación de la sentencia (junio de 2004). Carmen Suárez empezó a trabajar para CC.OO. en el 2001 -desde 1997 lo hacía para la fundación Forem- como asesora de salud laboral para los cursos de formación a trabajadores y delegados sindicales en prevención de riesgos laborales. Se trata de un contrato de obra o servicio, financiado por la Fundación Nacional de Prevención, aunque se fijó una duración de un año y fue renovado en dos ocasiones. En junio de 2003, según el testimonio de la trabajadora, «me dicen que presente el curriculum y me hacen una entrevista. Nos presentamos 14 o 15 personas y seleccionan a otra persona para la asesoría y a mí para las visitas a pesar de carezco de permiso de conducir». Entre los argumentos que le dieron para retirarle del puesto de asesora es que «no cumplía los objetivos». En noviembre, el responsable regional de Acción Sindical y Salud Laboral, Vicente Andrés, «me comunica que voy a hacer las visitas a las obras de la construcción», lo que suponía un nuevo cambio en menos de seis meses. «A raíz de esta situación me sentí mal y estuve de baja por depresión», explica. Cuando llegó la fecha de cumplimiento del contrato, en diciembre del 2003, «no me lo renovaron». Aunque su intención fue denunciar a la organización por acoso moral, el abogado se lo desaconsejó y presentó una demanda de despido ordinaria que rechazó el Juzgado de lo Social número 3 de León, pero admitió el TSJ. Según la sala de lo Social, no existían causas objetivas para la no renovación pues en un contrato como el suyo «opera el principio general de duración indefinida» hasta que finalice la obra o servicio. El sindicato optó por readmitir a la trabajadora -al parecer por un problema de plazos- para, inmediatamente, despedirla («por bajo rendimiento») e indemnizarla con 12.000 euros (la carta reconoce «la improcedencia del despido»). Con esta solución,de mutuo acuerdo, se evitó un recurso ante el Tribunal Supremo por los salarios de tramitación. La Unión Sindical de CC.OO. de Castilla y León, en el departamento de Acción Sindical, no ha querido dar su versión aduciendo que «hemos alcanzado un acuerdo con la trabajadora y no tenemos nada que decir». «Me desplazaron del puesto de asesora con la excusa de que no cumplía los objetivos» CARMEN SUÁREZ Ex trabajadora de CC.OO. «Hemos alcanzado un acuerdo con la trabajadora y no vamos a decir nada» CC.OO. Secretaría de Acción Sindical

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