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LAS RESPONSABILIDADES

Un solo consejo, pero muchas funciones

Publicado por
León

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Entre las funciones de los consejos escolares se encuentra aprobar el proyecto educativo del centro y el reglamento de régimen interior, participar en el proceso de admisión de alumnos, estar informado y colaborar en la resolución de los conflictos de convivencia, aprobar el presupuesto y su correcta ejecución, velar por el material y las instalaciones, proponer la colaboración con otros organismos y entidades y ser informado de la propuesta de la Administración educativa sobre el nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo. Reuniones trimestrales Este órgano se reunirá, como mínimo, una vez cada trimestre pero, para poder hacerlo, han de ser convocadas por el propio director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, el consejo debe reunirse a principio de curso y otra vez hacia el final del mismo. La asistencia a las sesiones es obligatoria para todos sus miembros.