Se reduce el número de animales que podrán acceder a la prima especial
El Real Decreto que aprobó ayer el Consejo de Ministros también recoge la aplicación de un límite financiero máximo para cada uno de los sectores, tal como se establece en el Reglamento comunitario para todos los Estados miembros. El Ministerio de Agricultura precisa, entre las ayudas a la agricultura, la ayuda específica a la calidad del trigo duro y a los cultivos energéticos, así como la mejora de las ayudas para los frutos secos, procedentes tanto de la aportación comunitaria como nacional, que refuerzan el apoyo a la renta de los productores para mejorar su viabilidad. En torno al sector ganadero, se reduce el límite de animales que podrán acceder a la prima por explotación y año civil, que pasará de 90 a 60 terneros, y se introduce la figura del pequeño productor, exento de la aplicación de la reducción por sobrepasamiento del límite máximo nacional de animales primables. Pequeño ganadero El Ministerio de Agricultura detalló mediante un comunicado que se entiende por pequeño productor el ganadero que solicite durante el año 2005 la prima especial por un máximo de diez animales o bien el que solicite la prima especial por un máximo de 20 animales contando además en su explotación, en enero de 2005 con un número de vacas nodrizas igual, como mínimo, al doble del número de terneros por los que solicita la prima especial. Agricultura recalcó por último que, para poder recibir la prima por sacrificio de terneros, desde 2005 será necesario que los animales tengan una edad comprendida entre 1 y 8 meses y un peso canal máximo de 185 kilos, aunque en los animales de más de 6 meses se considerará respetada la condición relativa al peso. Son, de forma somera, los parámetros de las nuevas ayudas de la PAC.