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R.I.M.P., que defraudó a Sogecable durante dos meses, tendrá que abonar 810 euros de multa

Un leonés condenado a pagar 2.810 euros por usar una tarjeta pirata

El individuo elaboró el sistema apto para la descodificación con códigos que obtuvo de Internet

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D. López D. López - león león
León

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La Audiencia Provincial de León condenó a un individuo a pagar una multa de 810 euros y a indemnizar con 2.810 euros a Canal Satélite Digital, actual Digital+, de la compañía Sogecable, por usar en su domicilio una tarjeta pirata de esta plataforma durante dos meses. De este modo, la Audiencia Provincial ratificó la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de León, del pasado 20 de enero, por la que condenaba a este individuo, R.I.M.P. como autor de un delito continuado de defraudación de las telecomunicaciones, según informaron ayer fuentes de la empresa. La Audiencia considera en esta sentencia que el simple uso en el domicilio de una tarjeta pirateada constituye delito, valorando el quebranto económico producido a C.S.D.(ahora Digital+) en 1.437,39 euros al mes. Según dichas fuentes, el condenado, que poseía conocimientos de electrónica, elaboró una tarjeta apta para la descodificación, insertando en ella códigos que obtuvo a través de Internet de personas o entidades que carecían de autorización de la empresa titular de la señal televisiva. El individuo visionó durante dos meses los servicios de televisión que sólo pueden ser disfrutados por los abonados, dado que se trata de servicios de televisión de acceso condicional (codificados) que exigen ser contratados a cambio de la correspondiente contraprestación económica. La consideración del uso de tarjetas piratas para consumo propio como delito ya se contempla en el recientemente reformado Código Penal, que no ha sido de aplicación en este caso por tratarse de hechos anteriores a la citada reforma. Dichas fuentes recordaron una anterior sentencia por un delito similar que se produjo el pasado mes de noviembre en Las Palmas. La Audiencia Provincial de León condenó a un individuo a pagar una multa de 810 euros y a indemnizar con 2.810 euros a Canal Satélite Digital, actual Digital+, de la compañía Sogecable, por usar en su domicilio una tarjeta pirata de esta plataforma durante dos meses. De este modo, la Audiencia Provincial ratificó la sentencia del Juzgado de lo Penal Número 1 de León, del pasado 20 de enero, por la que condenaba a este individuo, R.I.M.P. como autor de un delito continuado de defraudación de las telecomunicaciones, según informaron ayer fuentes de la empresa. La Audiencia considera en esta sentencia que el simple uso en el domicilio de una tarjeta pirateada constituye delito, valorando el quebranto económico producido a C.S.D.(ahora Digital+) en 1.437,39 euros al mes. Según dichas fuentes, el condenado, que poseía conocimientos de electrónica, elaboró una tarjeta apta para la descodificación, insertando en ella códigos que obtuvo a través de Internet de personas o entidades que carecían de autorización de la empresa titular de la señal televisiva. El individuo visionó durante dos meses los servicios de televisión que sólo pueden ser disfrutados por los abonados, dado que se trata de servicios de televisión de acceso condicional (codificados) que exigen ser contratados a cambio de la correspondiente contraprestación económica. La consideración del uso de tarjetas piratas para consumo propio como delito ya se contempla en el recientemente reformado Código Penal, que no ha sido de aplicación en este caso por tratarse de hechos anteriores a la citada reforma. Dichas fuentes recordaron una anterior sentencia por un delito similar que se produjo el pasado mes de noviembre en Las Palmas, donde se condenó a M.R.R. a un año y dos meses de prisión, además de una multa de 270 euros y el pago de una indemnización 9.000 euros. Según estas fuentes, la modificación del Código Penal que ha entrado en vigor el pasado mes de octubre está suponiendo un vertiginoso descenso del pirateo, ya que está facilitando la persecución de este tipo de actividades ilegales.