Diario de León

La ley trata de evitar problemas epidemiológicos

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Los mataderos de Castilla y León que pretendan sacrificar animales procedentes de campañas de saneamiento ganadero deberán de cumplir desde ayer una serie de requisitos, regulados mediante orden por la Consejería de Agricultura del Ejecutivo autonómico. Para evitar riesgos . La orden entró en vigor, da respuesta al riesgo epidemiológico que supone el sacrificio en matadero de animales positivos a la brucelosis ovina y caprina, regulado en orden de la Junta de 2004, y que prevé que estas especies serán sacrificadas, salvo en circunstancias especiales, en la propia explotación. Inscripción previa . Para ser autorizados para el sacrificio de reses bovinas, los mataderos deberán estar inscritos en el Registro General Sanitario de alimentos; adecuar sus procedimientos de autocontrol de forma que sus «requisitos previos» y «prácticas correctas de higiene», contemplen los riesgos que presentan los animales procedentes de las campañas de saneamiento ganadero objeto de sacrificio. Sistemas de gestión . También deberán disponer de locales que permitan separar los animales procedentes de campañas de saneamiento ganadero del resto de los animales; de un sistema de gestión de subproductos no destinados a consumo humano, especialmente de sangre; medios para la lectura de bolos de identificación electrónica y su recuperación. Prevención de riesgos . Asimismo, los operadores deben cumplir con la normativa sobre evaluación y prevención de riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos.

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