Más de 118.000 contribuyentes solicitaron borrador de la renta
Casi 6.000 leoneses han pedido la devolución rápida de Hacienda
La Agencia Tributaria comienza a realizar hoy los reintegros a no obligados a declarar
Un total de 5.976 leoneses que no tienen obligación de declarar han solicitado la devolución rápida a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria hasta el momento, por lo que podrán recibir el importe de la devolución a partir de este momento. La agencia comenzó ayer a emitir las primeras declaraciones a quienes no están obligados a declarar el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF), y el plazo para solicitar las devoluciones rápidas, que comenzó el pasado día 1, concluirá el 31 de marzo. Las devoluciones se realizarán hasta finales de mayo. Pueden solicitar la devolución rápida aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros de trabajo no superen los 22.000 euros anuales si proceden de un solo pagador, o si proceden de varios cuando la suma del segundo y sucesivos no supere los mil euros. Este límite de rentas de trabajo se reduce a 8.000 euros anuales cuando se tienen varios pagadores y del segundo o sucesivos se reciben más de mil euros. Además, para poder pedir la devolución rápida los rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención no pueden superar los 1.600 euros anuales; y los rendimientos de Letras del Tesoro, rentas inmobiliarias imputadas procedentes de un único inmueble y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o precio tasado no pueden superar el límite conjunto de mil euros anuales. Borrador de la renta Por otro lado, la Agencia Tributaria empieza esta semana a enviar los borradores de la renta a los contribuyentes que sí tienen que presentar la declaración del IRPF. Hasta el momento en todo el país se han solicitado más de 8,5 millones de solicitudes, un 30% más que el año pasado. A 20 de marzo en la provincia de León se habían solicitado 118.287 borradores, de un total de 661.761 en el conjunto de la comunidad. Los borradores podrán confirmarse a partir del 3 de abril y hasta el 30 de junio, salvo para aquellos que resulten a ingresar y se domicilie el pago, en cuyo caso la confirmación terminará el 23 de junio, aunque el cargo en cuenta se hará el 30 de junio. Pueden recibir el borrador los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del caiptal mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual. Las deducciones por vivienda o planes de pensiones y donativos no impiden el borrador.