Diario de León

El fiscal incluye una indemnización de 6.500 euros y la acusación particular la eleva a 12.000

Le piden trece años de prisión por una presunta violación a la hija de su novia

La víctima tenía 16 años en el momento de los hechos y tardó un año en denunciarlo Un gallego pu

León

Creado:

Actualizado:

La Audiencia Provincial juzgará el próximo día 24 de mayo, a las 12.30 horas, a un individuo, vecino de León, mayor de edad y sin antecedentes penales, sobre el que pesa una acusación de agresión sexual contra la hija de su compañera sentimental, por la que el Ministerio Fiscal solicita una condena de 13 años de prisión y una indemnización de 6.500 euros, al entender que los hechos, supuestamente ocurridos en noviembre del 2003, constituirían un delito contra la libertad sexual. En su escrito de calificaciones, la acusación sostiene que el acusado se encontraba en el domicilio familiar que compartía en la capital con una mujer, compañera sentimental suya de acuerdo a la acusación, a cuya hija abordó en el cuarto de baño y pidió mantener relaciones sexuales, a lo que la adolescente, de dieciséis años de edad en el momento de los hechos, no accedió. Ante la respuesta de la joven, la agarró por un brazo y la llevó hasta el dormitorio por obligación, tirándola sobre la cama y consiguiendo yacer con la muchacha, pese a su oposición, consiguiendo realizar una penetración vaginal finalmente. Agresión sexual El escrito de calificaciones, confeccionado en la sección primera de la Audiencia Provincial, significa que el fiscal ve un delito de agresión sexual en el caso, del que califica de autor al acusado, motivo por el que procedería imponerle la pena de 13 años de prisión, inhabilitación de carácter absoluto, y pago de las costas, así como una indemnización de 6.500 euros para resarcir de los daños morales causados a la víctima. Diez años con la madre La acusación particular especifica que la relación sentimental que mantuvieron el acusado y la madre de la víctima se prolongó por espacio de diez años, hasta que en enero del 2004 se dio por terminada la misma. En septiembre del 2003, la niña se trasladó desde su país de origen a España, donde pasó a vivir con la pareja y con una tía suya. La correlativa de los hechos coincide en buena parte con la exposición del fiscal, si bien puntualiza que la muchacha estaba duchándose cuando el procesado se introdujo en el baño, arrancó la cortina, y la arrastró hasta el dormitorio matrimonial, donde contra su voluntad, la penetró vaginalmente, siempre de acuerdo al escrito presentado por la letrada y la procuradora que defiende los intereses de la familia. Se hace constar que la víctima no hizo comentario alguno de lo sucedido porque «el procesado la amenazaba con matar a su madre y a su tía. Tras abandonar el domicilio familiar el procesado, en junio del 2004, la víctima decidió comentar lo sucedido a una hermana que no convivía con ellas, motivo por el que finalmente se interpuso la denuncia. Violación La acusación particular entiende que se trata de un delito de violación, que se castigaría con una pena de trece años de prisión y que procede, de acuerdo a las circunstancias manifestadas, la imposición de una prohibición de aproximarse a la joven y a su familia a una distancia inferior a 500 metros durante un periodo de cinco años, durante el cual, tampoco podría comunicarse con ellos de ninguna forma. En lo tocante a la responsabilidad civil, la letrada de la acusación particular solicita una indemnización de 12.000 euros por los supuestos daños morales que pudiera haber causado el episodio. La defensa entiende que la descripción correlativa de los hechos que se aporta por parte de las dos acusaciones no se corresponde con la realidad, y solicita la libre absolución de su defendido. Testimonios La vista oral se iniciará el próximo miércoles, 24 de mayo, a las 12.30 horas, con el interrogatorio del procesado, y los testimonios de la víctima, su madre y sus dos tías. Finalmente, se presentará el informe de los médicos forenses que emitieron el informe correspondiente en su día, así como el resto de las pruebas que se puedan presentar por alguna de las partes y que sean admitidas en sala. A criterio de las dos partes acusadoras, no procede estimar la existencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal del acusado, por lo que solicitan que la pena sea considerada en la total extensión de lo que se solicita por ambas partes. El proceso se había tramitado en el Juzgado de Instrucción número 4 de la capital hasta su traslado a la Audiencia Provincial.

tracking