Diario de León

Condenan a seis años de cárcel al leonés que mató a su madre en Asturias

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El magistrado de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Asturias Julio García-Braga, que presidió el tribunal del jurado que decretó que el leonés I.A.T. era culpable del homicidio de su madre, ha condenado a éste a seis años de prisión. Según la sentencia remitida a Efe por el tribunal, el magistrado argumenta que I.A.T. es «autor criminalmente responsable de un delito de homicidio ya definido, concurriendo en el mismo como circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal la eximente incompleta de grave adicción al consumo de drogas y alcohol, así como la atenuante de confesión». Agrega que a la pena de seis años de prisión se le une la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y a que, en concepto de responsabilidad civil, indemnice a su tía E.A.T. en la cantidad de cuarenta mil (40.000 euros) y al pago de las costas procesales. De Viadangos de Arbás La madre del reo, Caridad Álvarez Tascón, de 52 años y natural de Vidangos, fue hallada muerta el 18 de febrero del 2006 en su domicilio familiar, situado en la calle Hermanos Granda, de Pola de Lena. La sentencia considera probado que «el estado de salud de la madre estaba notablemente deteriorado debido a su adición al alcohol desde hacía años, así como a un síndrome amnésico que venía padeciendo». El pasado 28 de febrero el jurado popular consideró que I.A.T. era culpable de homicidio pero consideró que sus facultades psíquicas «estaban notablemente alteradas a causa de su adicción al consumo de drogas y el alcohol cuando dio muerte a su madre», según recuerda la sentencia del magistrado. El condenado vivió con el cadáver de su madre en la casa que habitaban en Pola de Lena durante al menos un mes antes de entregarse a la Guardia Civil. El día en el que se cometió el crimen no se pudo precisar en el juicio, aunque se data en el mes de enero del año pasado, y el acusado no reconoció haber matado a su progenitora. El jurado no consideró el agravante de alevosía y parentesco que solicitaba el fiscal, que consideraba al reo culpable de asesinato y pedía una pena de dieciocho años, pero tras el fallo, cambió su petición de pena a siete años, mientras que el abogado defensor solicitó que ésta no fuera mayor de cinco años.

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