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Parque natural o nacional
La clasificación de los dos tipos de espacios naturales protegidos se centra básicamente en la gestión que de ellos realiza la administración central o autonómica que los gestiona
La diferencia entre los distintos tipos de espacios naturales puede proceder de la gestión que se realice de ellos, lo que quiere decir que su clasificación depende de la administración que lo gestione. La figura de parque natural es una de las más extensas y relevantes de la geografía española. Son más de un centenar los que se encuentran distribuidos por todo el territorio español. Según el ingeniero de montes, Sergio Fernández, un parque natural es «un espacio natural protegido cuya competencia es exclusiva de las comunidades autónomas». Suelen ser de extensión amplia y por lo general no han sufrido ninguna transformación por la explotación u ocupación humana. Su belleza natural, su fauna y su flora conforman su núcleo geomorfológico, según indica Fernández. Se trata de espacios naturales que forman parte del patrimonio natural pero que, sin duda, su denominación se compatibiliza con la presencia del hombre y sus actividades. Por su parte, los parques nacionales presentan pocas diferencias respecto de los naturales. Su diferencia básica es que suelen estar menos dañados, si cabe, por la mano del hombre y su singularidad es de interés general para la nación por ser representativos de los principales sistemas naturales españoles. Hasta el año pasado su gestión pertenecía al Ministerio de Medio Ambiente, sin embargo una sentencia del Tribunal Superior de Justicia estableció la necesidad de que la gestión se realice de forma exclusiva por las administraciones autonómicas. Por tanto, el parque nacional es una figura de protección española que implica la conservación de espacios naturales y la gestión del Estado central. Picos de Europa se encuentra en la actualidad en el proceso de tramitación por el que pasará a ser gestionado por la administración autonómica.