Diario de León

El denunciante recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia, «que siempre nos ha dado la razón»

El juez desestima las peticiones de Narsil para paralizar El Feixolín

El juzgado leonés no considera probado que MSP realice labores distintas a la restauración

Labores en el cielo abierto del Feixolín

Labores en el cielo abierto del Feixolín

León

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Las labores de restauración del cielo abierto El Feixolín, de MSP, seguirán según lo dictaminado en su día por el informe de la Junta de Castilla y León y no serán modificadas, según había solicitado la empresa, ni se llevarán a cabo ninguna de las medidas de paralización reclamadas por la empresa Narsil. Así lo ordena el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de León, que en un capítulo más del larguísimo enfrentamiento entre las dos empresas por las actividades de la sociedad minera dispone ahora que se mantenga la actividad de restauración del cielo abierto con la vigilancia de las administraciones (Junta y Ayuntamiento de Villablino) y la colaboración del Seprona, para «garantizar que no se contravenga la suspensión y clausura de la actividad minera». Contra esta decisión cabe recurso de apelación ante la Sala de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, un recurso que desde Narsil ya han anunciado que presentarán de inmediato. «El Tribunal Superior siempre nos ha dado la razón que nos han negado los juzgados leoneses», destacaban ayer fuentes de la sociedad del empresario Antonio Arias Tronco. El juzgado abrió el pasado mes de octubre un incidente de ejecución para resolver las peticiones realizadas por Narsil, que pretendían demostrar si las instalaciones, talleres, bocaminas, pistas y accesos del Feixolín se estaban destinando «a las labores de restauración o a otras distintas». Una tarea para la que se pidieron informes al Seprona. El juez considera que no ha lugar a las peticiones de Narsil, que se centraban en la paralización de la actividad minera, de la extracción de carbón y de las labores de restauración, «con la clausura y precintado de las instalaciones, con vigilancia periódica y constante por el Seprona y la Guardería Forestal o Ambiental». Sí mantuvo el juez la orden de paralización de las actividades y labores mineras, y ordenó que las labores se centraran en las «medidas que garantizasen la seguridad de las personas y los bienes», para lo que las instalaciones y pistas debían mantenerse para realizar la restauración. Según el auto, los informes del Seprona de agosto a octubre no ofrecen datos que «evidencien con la claridad necesaria que la restauración encubra una explotación contraria a los pronunciamientos de las sentencias anteriores y a la paralización de las actividades y labores mineras»; aunque exige que el organismo mantenga el seguimiento de las actividades de MSP mientras dure el proceso de restauración. También resuelve sobre la acusación de Narsil a MSP de seguir extrayendo carbón del cielo abierto clausurado que «las labores de restauración no pueden efectuarse si se suspenden las labores de extracción», y se remite al régimen de aprovechamiento de minerales.

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