Diario de León

Más protección en las viviendas desde octubre

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Un decreto sobre el ruido contemplado en el Código Técnico de la Edificación, que se será de obligado cumplimiento a partir del mes de octubre, establece las condiciones que deben cumplir los edificios de nueva construcción para limitar el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios. Este decreto regula las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones para garantizar el bienestar y la seguridad con la consiguiente reducción de la transmisión del ruido y las vibraciones. El ruido es fuente de molestias y enfermedades de los ciudadanos. La contaminación acústica ha crecido hasta tal punto que, por ejemplo, la Comisión Europea señala que unos 80 millones de europeos soportan diariamente entornos considerados «inaceptables», con más de 65 decibelios (dB). España, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), es el segundo país más ruidoso del mundo después de Japón: El 70% de los españoles sufre niveles de ruido «inaceptables». No hay una definición exacta para el ruido, pero se admite que se trata de un sonido que provoca una sensación desagradable en quien lo escucha. Evidentemente, esta definición se encuentra muy ligada a la subjetividad, ya que un nivel de 100-110 decibelios en una discoteca resulta aceptable y hasta agradable para quien se encuentra allí divirtiéndose y, en cambio, 40 decibelios pueden parecer para esa misma persona insoportables si intenta dormir. Desde el punto de vista médico, se considera ruido el sonido que puede producir pérdida de audición, ser nocivo para la salud o interferir gravemente una actividad. La diferencia entre sonido y ruido es muy subjetiva y depende no sólo de la sensibilidad de las personas, sino también de las circunstancias en que éstas se encuentran.

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