Diario de León

El esquí, una actividad autorizable

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Uno de los argumentos que los ayuntamientos mantienen para la puesta en marcha de la estación de esquí de San Glorio por la vertiente leonesa es que es una actividad autorizable y no tiene el grado de protección que existe en la zona de Fuentes Carrionas en Palencia, donde las alegaciones y recursos puede hacer que la estación se retrase muchos años. La ley 12/1994 de 18 de julio de declaración del Parque Regional de Picos de Europa señala dentro de su finalidad: «Contribuir a la conservación de sus ecosistemas naturales y valores paisajísticos en armonía con los usos, derechos y aprovechamientos tradicionales y con el desenvolvimiento de actividades educativas, científicas, culturales, recreativas, turísticas o socioeconómicas compatibles con la protección del espacio». Dentro de los objetivos recoge: «Colaborar en la realización de actividades científicas, culturales, turísticas, de educación ambiental o similares, para lograr el conocimiento y respecto de los valores ecológicos que contiene el espacio natural». Para el alcalde de Boca de Huergano, Tomás de la Sierra, los impedimentos para hacer la estación de esquí por la vertiente leonesa son menores y bastaría con solicitar la declaración de impacto ambiental. «No tenemos los impedimentos de Palencia, dado que la estación de esquí es una actividad autorizable y se trataría de realizar un proyecto que pase el estudio medioambiental», remarcó.

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