VIVIENDAS PROTEGIDAS TRÁMITES BUROCRÁTICOS TRANSPARENCIA INFORMATIVA
La edificabilidad se eleva hasta el 80% Racionalidad en la emisión de informes Garantía del libre acceso a información
En materia de actuaciones en vivienda protegida, la nueva normativa establece que el aprovechamiento municipal que se obtenga por cesión debe destinarse a la vivienda protegida. Sólo cuando no sea posible se podrá convertir en efectivo mediante convenio. Pero la reserva para viviendas protegidas se establece entre el 30 y el 80% de la edificación residencial, una flexibilidad que permite adaptarse a la amplia variedad de situaciones de la comunidad. Además se simplifica el sistema de ocupación directa, que facilita la rápida dotación urbanística. La ley pretende que no se dé la situación actual de paralización de proyectos importantes, «no pocas veces con desánimo de los inversores», por la «inútil repetición de trámites, la demora en la emisión de informes o la ambigüedad cuando se emiten». La racionalidad en la emisión de informes se refiere también a la información ambiental, para adaptar la actividad urbanística ante las dificultades interpretativas. Se refuerza también la independencia de las comisiones de valoración al excluirse a quienes tengan intereses afectados. El texto recoge medidas en pro de la transparencia informativa, de la «mayor y mejor información». La publicidad telemática se hace obligatoria, tanto en el trámite de información pública como una vez aprobado. Además de los anuncios oficiales, estarán en Internet todos los planes urbanísticos con su contenido de normas y planos; tanto los que estén en trámites como los ya aprobados. Además se amplía a dos meses el plazo normal de información pública, y se unifican las publiaciones oficiales en el Boletín Oficial de Castilla y León.