La sentencia podría servir como precedente contra la Sama-Velilla
La justicia anula la alta tensión Soto de Ribera-Penagos en Asturias
El TSJ de Madrid exige una declaración de impacto ambiental única y no parcial
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimando el recurso del Ayuntamiento de Piloña (Asturias), por el que se anula la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 28 de junio del 2000, que aprobó el proyecto de ejecución de la línea Soto de Ribera-Penagos, al no haberse tramitado el estudio de impacto ambiental con carácter previo a la aprobación del proyecto. Esta sentencia supone la aceptación por el tribunal de todos los argumentos empleados por el Ayuntamiento de Piloña para la defensa de los intereses del Concejo y de sus vecinos. El fallo declara que debe emitirse el estudio de impacto ambiental con carácter previo a la aprobación del proyecto debiendo para ello, retrotraerse las actuaciones hasta el momento anterior a su emisión. Dado que salvo siete variantes del proyecto inicial, que se han sometido a impacto ambiental por decisión de los tribunales, el resto del trazado no había superado ese trámite, ahora se deberá realizar un estudio de impacto ambiental en su conjunto, sin fragmentaciones y teniendo en cuenta todos los condicionantes ambientales que se conocen y que se aporten en las informaciones públicas. En concreto en la sentencia se hace referencia a la protección que el Principado ha dispensado, como Reserva Natural Parcial a la Cueva del Sidrón, que se ve afectada por el proyecto ahora anulado. Para el TSJ no existen dudas sobre la necesidad de someter el proyecto de ejecución de la línea al impacto ambiental, y para ello se apoya en numerosas resoluciones del TS y de los TSJ. El precedente de la Lada-Velilla Esta sentencia se une a las que declararon la nulidad de la línea Lada-Velilla, que ha exigido el inicio de una nueva tramitación, estando actualmente en el trámite de contestación de las numerosas alegaciones efectuadas, en especial en el Concejo de Aller y en todos los municipios leoneses por lo que pasa el nuevo trazado. Desde un punto de vista estrictamente jurídico, el despacho de abogados de León que ha llevado el caso, EcoUrban Consultores, que también llevó los recursos contra la Línea Lada-Velilla, quiere manifestar que la nueva sentencia recoge la mejor doctrina tanto del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas como el Tribunal Supremo sobre el Derecho comunitario de EIA y que avanza en el ordenamiento en la senda de cumplir con la exigencia de EIA como único procedimiento para conciliar el respeto de medio ambiente, incluyendo al hombre en dicho concepto, con el desarrollo económico. No se debe olvidar que en el caso de Piloña, el trazado original sobrevolaba casas y granjas, lo que había llevado a la constitución de una Asociación de Piloñeses que también ha presentado recursos. La sentencia del TSJ clarifica el panorama de esta línea exigiendo que se presente un único proyecto y un estudio de impacto ambiental que englobe todo el trazado, impidiendo fragmentaciones de EIA que no tienen cabida en el Derecho comunitario. Es de lamentar que REE no haya adoptado hace años la decisión de cumplir con el ordenamiento jurídico aplicable y espere otra vez a una sentencia.