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Los daños graves al patrimonio hídrico se sancionarán hasta con 300.000 euros

Publicado por
León

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La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Duero ha aprobado los nuevos criterios de valoración de daños ocasionados al dominio público hidráulico (DPH) que sustituirán a los aprobados, hace dos años. Los nuevos criterios, para determinar las indemnizaciones, se adaptan a los establecidos por el Ministerio de Medio Ambiente en la Orden 85/2008 de 16 de enero. Según la normativa vigente en materia de aguas, las infracciones administrativas se calificarán teniendo en cuenta, entre otros criterios, los daños causados al dominio público hidráulico. Además, y con independencia de las sanciones que se impongan, los infractores podrán ser obligados a reparar los daños y perjuicios ocasionados al patrimonio hidráulico, así como a reponer las cosas a su estado anterior. Así, según establece el Reglamento del Dominio Público Hidráulico las infracciones que hayan causado daños de hasta 450 euros son calificadas como leves, cuando los daños oscilan entre los 450 y los 4.500 euros son menos graves. Si los daños se cuantifican entre 4.500 euros y 45.000 la infracción es grave, mientras que si superan los 45.000 euros la infracción se considera muy grave. Otros criterios utilizados para calificar el tipo de infracción son, entre otros, los riesgos que esa actividad pueda suponer para las personas, por ejemplo una edificación en zona inundable, o los beneficios que esa actividad pueda reportar al infractor. Además de la obligatoriedad de indemnizar, en su caso, los daños causados al DPH, las infracciones leves conllevan sanciones de hasta 6.000 euros; las menos graves, de 6.000 a 30.000 euros; las graves de 30.000 a 300.000 euros; mientras que las multas de las infracciones muy graves oscilan entre los 300.000 y 600.000 euros. Nuevas cuantías La Junta de Gobierno de la CHD ha establecido una serie de criterios, a aplicar en todo el ámbito territorial del Organismo de cuenca, para cuantificar los daños causados al patrimonio hidráulico por derivaciones y extracciones no autorizadas de agua, por extracción de áridos, por la corta de arbolado y por obras, destrozos u ocupaciones no autorizadas. También, se ha encargado de fijar las cuantías de las indemnizaciones por daños ocasionados por aprovechamientos no autorizados de pastos o por daños producidos a la calidad de las aguas.

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