La víctima será indemnizada con 12.300 euros por los padecimientos morales sufridos
Imponen 21 meses de cárcel al violador del chándal por agresión sexual en A Coruña
La sentencia cree probado el ataque pero reduce la pena solicitada, que sumaba cuatro años
El Juzgado de lo Penal número 2 de los de La Coruña ha condenado a un año y nueve meses de prisión a Andrés Mayo, conocido como «El violador del chándal» por los ataques que protagonizó en León y Asturias en los años ochenta. El magistrado lo ha considerado culpable de la agresión sexual sufrida por una joven sobre las seis y media de la madrugada del 8 de abril de 2004, según informó ayer en su edición digital La Opinión de La Coruña . La sentencia, según informa el periódico, considera probado que el sospechoso abordó a la víctima por detrás cuando caminaba por una calle de la capital coruñesa donde la agarró para arrastrarla por la fuerza hasta la confluencia con otra. Allí la tiró al suelo y dijo que si gritaba, iba a ser peor, antes de bajarle las medias y la ropa interior para introducirle los dedos por el ano. Tras la agresión, huyó del lugar. La víctima reconoció a Mayo tres años después del ataque, cuando fue detenido por las violaciones en serie cometidas en la ciudad entre 2006 y 2007. La defensa del procesado intentó demostrar en el juicio que la identificación hecha por la víctima podía estar viciada, ya que era posible que ella hubiese visto la fotografía de Mayo en algún medio de comunicación. Sobre este punto, concluye el juez que la única imagen publicada antes del reconocimiento «fue en un periódico digital muy poco conocido». Además, recuerda que la perjudicada dijo en la vista oral que nunca había visto una fotografía de Andrés Mayo y que «no existe una sola razón que permita pensar en las razones espurias por parte de la víctima para denunciar». Dudas planteadas También se plantearon dudas por parte de la defensa sobre el reconocimiento médico al que se sometió la víctima, en el que le detectaron erosiones en el esfinter anal, por haber sido realizado en un centro médico del área metropolitana donde trabaja un familiar suyo. El magistrado entiende que «no es nada extraño que, habiendo sufrido una agresión sexual, el reconocimiento se realice ante personal médico de su confianza». Mayo había tenido a su primera hija en esas fechas y la defensa argumentó que permanecía con su mujer en casa todas las noches. Ante esta afirmación, explica el fallo judicial que como no conocían a nadie en la ciudad que les pudiese ayudar, él tenía que salir de casa para hacer la compra, adquirir medicamentos y firmar en comisaría todas las semanas. De ahí que el titular del Juzgado de lo Penal número 2 entienda que el sospechoso pudo dejar sola a su esposa en cualquier momento y «cometer el hecho violento». Además del año y nueve meses de prisión -la Fiscalía había reclamado que la pena fuese de cuatro años- la sentencia le impone la obligación de indemnizar a la víctima con 12.300 euros por las lesiones y los «padecimientos morales». La defensa de Mayo ya ha anunciado que recurrirá la sentencia ante la Audiencia Provincial por entender que no hay pruebas sobre la autoría del delito. El procesado será juzgado por otros nueve ataques presuntamente cometidos entre 2006 y 2007. A pesar de que tenía que pasar por comisaría todas las semanas por su pasado como delincuente sexual, la policía no le enseñó a la víctima fotografías de Mayo hasta que fue detenido en verano del año pasado.