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En total, ha dedicado casi 405.000 euros a fomentar el empadronamiento

San Andrés ha concedido 1.349 ayudas a la natalidad en seis años

Hasta junio se subvencionaron otros 37 nacimientos, con un total de 11.100 euros

Publicado por
Nuria González - san andrés
León

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AYUDAS A LA NATALIDAD CONCEDIDAS Año 2002 Año 2003 Año 2004 Año 2005 Año 2006 Año 2007 Año 2008 (hasta junio) La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Andrés del Rabanedo ha aprobado la concesión de 37 nuevas ayudas a la natalidad, de 300 euros cada una, que suponen un total 11.100 euros, correspondientes a las solicitadas el pasado mes de junio. El consistorio otorga estas ayudas por nacimiento o adopción. Un programa que comenzó el año 2002 y, desde entonces, ha tenido muy buena acogida por parte de los padres. El número de ayudas concedidas ha ido en aumento porque los padre tienen un mayor conocimiento de su existencia. Del total de las solicitadas se han denegado cerca de cien, por no cumplir las bases sobre todo en lo referente al empadronamiento y en no estar al corriente con la hacienda local. De este modo, el Ayuntamiento ha subvencionado el nacimiento de 1.349 niños y niñas con cerca de 405.000 euros hasta el momento. Uno de los objetivos de estas ayudas era fomentar el empadronamiento en el municipio. Unas ayudas accesibles para casi todos ya que los requisitos son que los padres estén empadronados en el municipio. Además, y si por razones de antigüedad y cuando la ley exija estar empadronado en el lugar de la actividad laboral no se reuniera este requisito, deberá acreditarse tal situación aportando el certificado de empadronamiento acompañado de una declaración jurada donde conste el motivo y la normativa, así como el lugar de residencia de la unidad familiar. También para extranjeros Los extranjeros residentes en el municipio también pueden beneficiarse de esta ayuda a la natalidad siempre que cumplan los requisitos. Estas subvenciones son compatibles con otras ayudas del Estado u otras Administraciones públicas. Además, debe solicitarse durante los seis meses a partir del día siguiente del nacimiento o de la inscripción en el libro de familia en el caso de adopción.