Diario de León

La sentencia considera probado el delito de «asesinato cualificado con alevosía»

Condenan a 17 años a los jóvenes que quemaron a la mendiga leonesa

«Los jóvenes actuaron conscientes de la altísima probabilidad de la muerte de la señora Endrinal»

Los acusados Oriol Plana y Ricard Pinilla, durante la vista del juicio

Los acusados Oriol Plana y Ricard Pinilla, durante la vista del juicio

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D. López - redacción
León

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La Audiencia de Barcelona ha condenado a 17 años de prisión por un delito de asesinato a Oriol Plana y a Ricard Pinilla, los dos jóvenes que en diciembre del 2005, junto a un menor de edad, rociaron con líquido inflamable y quemaron viva a una mendiga de origen leonés en un cajero automático de Barcelona. La sentencia, dictada por la sección décima de la Audiencia, condena a los jóvenes por un delito de «asesinato cualificado con alevosía», por el que les impone 16 años a cada uno, y otro de daños por los desperfectos que causaron en el cajero automático, por el que les impone otro año de cárcel. El tribunal argumenta que la aplicación de la pena de asesinato se toma en consideración del «dolor intenso causado a la víctima y la gravedad de los hechos», que acabaron con la muerte de la leonesa María Rosario Endrinal a los 50 años de edad. Frente a las alegaciones de los dos acusados durante el juicio, en el sentido de que nunca pretendieron matar a la mujer y que su intención era sólo molestarla, el tribunal rebate que los jóvenes «actuaron conscientes de la altísima probabilidad de la muerte de la señora Endrinal y no obstante actuaron en consecuencia y con el resultado antedicho». Argumentan además los jueces que la víctima carecía de posibilidades de defensa, puesto que «se hallaba tendida en el suelo del cajero, dormitando, por lo que se hallaba en situación de desvalimiento». Si bien los magistrados consideran que Plana y Pinilla eran muy jóvenes cuando cometieron el crimen -18 años ambos- resaltan también que su conducta fue «in crescendo y por turnos, distribuidos y aceptados por los intervinientes, a modo de violencia jocosa, sin límite, en proceso de degradación ajena, del más débil». La sentencia considera probado que los jóvenes atacaron a la víctima sobre las 01.40 horas del día 16 de diciembre del 2005 con diversos objetos, como una naranja, una botella de plástico con restos de líquido y dos conos de señalización viaria. «La trampa» También afirma que, tras este primer ataque, Plana y Pinilla y el menor «urdieron una trampa» con el objetivo de engañar a María Rosario Endrinal y para que ésta les abriera el cajero automático en el que estaba encerrada intentando dormir. Así, el menor, al que no había visto antes la indigente, golpeó la puerta del habitáculo con gestos de necesitar utilizar el cajero automático para que la indigente le dejara pasar mientras los otros dos jóvenes estaban escondidos. Previamente, Pinilla y el menor se apoderaron de un bidón que estaba en un andamio cercano y que contenía «como mínimo» cinco litros del disolvente 'Universal 039', compuesto de acetona, acetato de etilo, metanol y tolueno, sustancias que aceleran la combustión, y que los acusados olieron «con plena conciencia de la alta probabilidad de acabar con su vida» (de la indigente). Por este crimen ya fue condenado con anterioridad el menor de edad en el momento de ocurrir los hechos Juan José M., que cumple ocho años en un centro de menores, la máxima pena que se puede imponer a los menores de 18 años.

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