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La Fiscalía recurrirá «porque debe prevalecer el criterio del Supremo»

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La Fiscalía Superior de Castilla y León recurrirá las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) que reconocen el derecho de objeción de conciencia en educación para la ciudadanía en contra del criterio marcado en otras sentencias del Tribunal Supremo.

En declaraciones a Efe, el fiscal superior, Manuel Martín Granizo, explicó que el anuncio se formulará en los próximos días y después se formalizará el recurso, que deberá resolver en casación el Tribunal Supremo.

El principal argumento que esgrimirá la fiscalía es precisamente la existencia de resoluciones judiciales contradictorias, dado que las salas de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo y la sala de lo contencioso del TSJCYL mantienen puntos de vista contrarios ante este tema.

Martín Granizo sostiene que mientras la sala del TSJCYL considera que al no haber una doctrina sobre este asunto del Tribunal Constitucional caben distintas interpretaciones jurídicas, en su opinión «debe prevalecer el criterio marcado por el Tribunal Supremo como tribunal de rango superior». Para el fiscal, en este caso no es admisible la objeción de conciencia porque la Constitución sólo recoge este derecho para los profesionales de la comunicación y el servicio militar. «Tampoco es admisible» que se alegue la libertad ideológica y religiosa que recoge el artículo 16 del texto constitucional. En este sentido, precisó que de admitir ese derecho de objeción supondría subordinar las normas del Estado a cada conciencia, lo que «socavaría el Estado de Derecho».

Martín Granizo consideró que el currículum de la asignatura incluye aspectos que quedan claramente al margen de la formación religiosa y moral, como aspectos sobre el funcionamiento de la sociedad democrática, los derechos fundamentales o los usos sociales.

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