Diario de León

Los bancos no podrán cobrar intereses de demora abusivos

La Audiencia estima el recurso de un cliente al que le aplicaron un 29% tras pactar un 10%

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m.a.z. | león
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La Audiencia Provincial de León ha estimado el recurso del cliente de un banco al que le aplicaron un 29% de intereses de demora en un préstamo, después de haber firmado un acuerdo en el que se estipulaba el máximo del 10% por este concepto.

La sentencia, firmada el pasado mes de octubre, señala que la finalidad del interés de demora «no es la de remunerar el capital prestado, sino que tiene carácter sancionador, penalizando el impago de lo debido».

La Sección Primera de León cita jurisprudencia de las Audiencias Provinciales de Barcelona, Madrid o Murcia: «La aplicación de un interés moratorio desmesurado supone por sí mismo una penalización prevista para el caso del incumplimiento en atención a su propia cuantía cuando esta resulta desproporcionada respecto del interés legal del dinero».

Por todo ello, se fija un interés máximo para este caso del 10%.

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