Un juez cree improcedente el despido de un trabajador municipal
El Juzgado de lo Social número uno de León consideró improcedente el despido de Miguel Ángel Rabanal San Román, que fuera técnico-coordinador de deportes municipal, por parte del Ayuntamiento de La Bañeza. El consistorio, por su parte, recurrió esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
El juzgado de lo Social condenó al consistorio bañezano a readmitir al trabajador en su puesto en las condiciones de las que gozaba antes del despido o a abonarle una indemnización, así como a pagarle los salarios que aquél dejó de percibir desde la fecha del despido. La sentencia considera probado que el trabajador suscribió con el Ayuntamiento varios contratos temporales sucesivos, y que continuó trabajando para él hasta el pasado 4 de enero, pese a que el Ayuntamiento le notificó el 9 de diciembre que el 31 de ese mismo mes quedaría extinguida su relación laboral. El juzgado estimó que «debe reputarse fraudulenta» la modalidad de contrato para obra o servicio formalizada a Rabanal porque «se ha destinado al trabajador a la realización de actividades permanentes de la empresa» y no a «una obra o servicio determinados [...] con sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa» y de duración indeterminada. El juez consideró también que «al desaparecer la causa de temporalidad en dicha modalidad de contratación la relación laboral se convierte en indefinida».