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Competencia cree que el acuerdo lácteo puede discriminar a otros operadores

El ministerio solicitó el informe pero aprobó el protocolo sin esperar su conclusión.

Publicado por
León

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El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) propuso seis recomendaciones al protocolo de colaboración del sector lácteo entre distribución y productores, entre ellas evitar una discriminación directa hacia potenciales competidores y que no se revelen datos de forma individual, recogía ayer una información de la Agencia Efe.

Así figura en el informe, no vinculante, del Consejo de la CNC figura que el protocolo suscrito por la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados, la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados, la Federación Nacional de Industrias Lácteas, la Asociación Agraria de Jóvenes Agricultores (Asaja) y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama).

Fuentes de la CNC señalaron que el ministerio solicitó el informe el 26 de septiembre y dos días después, el 28, se firmó el protocolo de colaboración del sector lácteo, sin embargo hasta el 10 de octubre el Consejo de la CNC no aprobó el documento con sus recomendaciones.

Competencia pidió en su informe que se eliminara del texto el párrafo en el que se indica que el documento se elevaría a la CNC para su «validación», ya que lo considera «improcedente, al no contarse tal posibilidad dentro de los instrumentos de actuación que la Ley de Defensa de la Competencia reconoce a la CNC a la hora de analizar los acuerdos entre operadores económicos».

Acceso a la información

Recomendó también intensificar las garantías destinadas a evitar que el suministro de información «suponga una verdadera puesta en común de información comercial sensible y que los operadores tengan un acceso recíproco a la información individual que sirve de base a la que se vaya a publicar».

En este sentido, pedía que este acceso quedara «en exclusiva reservado a las estructuras técnicas que se dispongan para la recogida y el tratamiento de la mencionada información».

La CNC explica que un protocolo que la propia Administración ha firmado «no debería inducir o comprometer al conjunto de los operadores a desarrollar comportamientos que permitan una discriminación directa hacia los potenciales competidores».

En este sentido, subraya que hay que evitar que la letra del acuerdo permita albergar dudas acerca de la posibilidad de implantar políticas generalizadas de promoción que supongan discriminaciones directas de los competidores, por lo que recomienda cambios en el texto.

En relación a la mención de venta a pérdida, la CNC considera conveniente eliminar el inciso relativo a la normativa legal vigente «en materia comercial», de manera que la colaboración en la aplicación de la normativa que prohíbe la venta con pérdida se extienda al resto de bloques normativos aplicables.

Sugiere que tanto la Comisión de seguimiento como los grupos de trabajo que se creen tras la firma del protocolo de colaboración extremen las cautelas relativas al acceso a la información.

Por ello pide incorporar al texto el enunciado que, «en particular, velarán porque la información suministrada no se revele, de manera individualizada, a los distintos operadores».