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La Junta Electoral Central no da fechas para enviar las credenciales

El PSOE remitirá las propuestas cuando tenga la notificación del secretario .

Fachada del Ayuntamiento de Valderas.

Fachada del Ayuntamiento de Valderas.

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p. infiesta | redacción
León

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La Junta Electoral Central, con sede en Madrid, es el único organismo autorizado para expedir las credenciales de los nuevos ediles que conformarán el equipo de Gobierno de Valderas. Su maquinaria se pondrá en marcha tras recibir y estudiar las peticiones aunque no dan fechas para remitir las autorizaciones. El PSOE pretende que las tomas de posesión se materialicen en un pleno a comienzos de mayo, aunque la JEC elude dar plazos. «Las tramitaremos en cuanto podamos», especificaron ayer desde Madrid. Los socialistas enviarán la documentación de los cuatro nuevos concejales a la JEC en cuanto le llegue la notificación del secretario municipal pero desde el organismo aseguran que los plazos varían. En el caso de Silvia Blanco el proceso llevó un mes.

La Ley de Régimen Electoral General especifica que, cuando se agotan los candidatos o suplentes a nombrar, como en el caso de Valderas, «las vacantes serán cubiertas por cualquier ciudadano mayor de edad que no incurra en causa de inelegibilidad, designado por el partido, coalición, federación o agrupación de electores cuyos concejales hubieran de ser sustituidos, lo que se comunicará a la Junta Electoral a efectos de la expedición de la correspondiente credencial».

El Ayuntamiento debe remitir una fotocopia del DNI de las personas propuestas; un escrito firmado por cada uno en el que declaren bajo juramento no estar sujetos a penas que les inhabiliten para ser candidatos, no estar incursos en causa de inelegibildad, no haber sido candidatos o suplentes que ya renunciaron al cargo; y un formulario en el que aceptan expresamente la designación.

Con esos datos, la JEC «publicará un anuncio en el Boletín Oficial para que, en el plazo de dos días, los representantes de las candidaturas puedan denunciar irregularidades», señala la ley. La norma también aclara que «al día siguiente de concluir el plazo, la JEC, de oficio o en virtud de denuncia, comunicará a la entidad política afectada lo observado, para que, en dos días, proceda a subsanar los defectos, sustituir a la persona propuesta o formular las alegaciones pertinentes».

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