Diario de León

Villablino

Sacyl pagará 172.500 euros a una mujer incapacitada total por una artroscopia

El TSJ aprecia mala praxis en el tratamiento postoperatorio de una lesión de rodilla.

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A. Domingo | Redacción
León

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de justicia de Castilla y León (TSJ) ha condenado a la Consjería de Sanidad al pago de 172.457 euros por la incapacidad permanente total que sufre una mujer vecina de Villablino a consecuencia de una infección posterior a una intervención quirúrgica en la rodilla izquierda, que se le practicó en el Hospital San Juan de Dios de León (centro hospitalario concertado) en junio del 2005. La sentencia entiende que existió una mala praxis médica y reseña que la paciente se vio obligada a vender el negocio que regentaba como consecuencia de las secuelas que sufrió.

Antes de acudir al TSJ, la paciente había reclamado al Sacyl una indemnización por daños y perjuicios en octubre de 2008, que Sacyl denegó por silencio Administrativo. La sentencia, fechada el 11 de julio, considera probado que se dio una mala práctica médica a consecuencia de la cual se produjo una infección de la articulación intervenida, que, posteriormente, fue causa de la incapacidad permanente de la demandante.

La mujer fue intervenida por artroscopia a consecuencia de una condromalacia rotuliana (degeneración del cartílago que forma la cápsula posterior de la rótula), derivada a San Juan de Dios desde el Hospital del Bierzo.

Una semana después de recibir el alta hospitalaria tras la intervención y cuando se le iban a retirar los puntos, el personal del centro de salud de Villablino ya observó una evolución no deseada de la herida, por la que se le derivó al centro concertado. La infección de la herida se diagnóstico finalmente el 29 de julio, después de haber vuelto a ingresar y recibir el alta tres días antes.

Finalmente, la paciente sufriría secuelas definitivas —gonalgia (dolor articular), condropatía rotuliana y artritis séptica postquirúrgica—por las que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le calificó como «incapacitada permanente en grado total» en octubre del 2007, junio del 2008 y agosto del 2009. Ya el 6 de marzo del 2006 había vendido el negocio de congelados que regentaba en Villablino como trabajadora autónoma.

Sin antibiótico

Para el tribunal queda demostrado que «un primer incumplimiento» en la atención a la paciente en la falta de un tratamiento antibiótico tras la intervención quirúrgica.

Además advierte una nueva deficiencia en la actuación del médico que la atendió por el «retraso en el diagnóstico y tratamiento de la infección de rodilla». La mujer no recibe antibióticos hasta su vuelta al Hospital San Juan de Dios y «la buena praxis requería» que antes de retirar el tratamiento «se hubiera realizado un cultivo de las secreciones de la herida; había que haberse asegurado de que no había ninguna sepsis», según un informe pericial de un especialista en Medicina Legal y Forense.

El TSJ se remite a la legislññación vigente para valorar en 19.959 euros la indemnización por secuelas, a la que suma 52.598 euros más por los días de hospitalización (74 en dos periodos) y días impeditivos (730), más 99.900 euros por incapacidad total permanente y perjuicios económicos.

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