Diario de León

LAS AYUDAS A LOS TRABAJADORES QUE ABANDONEN EL SECTOR | TRABAJADORES «DE EDAD AVANZADA»

La nueva denominación para las prejubilaciones, a partir de los 54 años de edad equivalente

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Las «ayudas sociales por costes laborales para trabajadores de edad avanzada» se aplicarán a los trabajadores que tengan un contrato indefinido en alguna de las empresas incluidas en el acuerdo, y que tenga 54 ó más años de edad equivalente, «con la aplicación del coeficiente reductor que les corresponda». También deberán tener una antigüedad en la empresa de al menos tres año consecutivos a contar desde la extinción de la relación laboral.

La indemnización que recibirán garantiza «el reconocimiento del 70% de la media mensual de retribución salarial ordinaria bruta, considerando los seis meses efectivamente trabajados anteriores» a la prejubilación.

El marco de actuación especifica que se excluirán del cálculo de la indemnización «las horas extraordinarias, los trabajdos nocturnos y trabajos en fin de semana u otros que no respondan al trabajo desarrollado de forma usual u ordinaria, sea cual fuere la denominación del concepto».

Y en todo caso la cantidad bruta garantizada «no podrá exceder el 70% de la base máxima de cotización por contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales», ni ser «inferior al 60% de la media de las bases normalizadas correspondientes a las categorías en las que hubiera cotizado el trabajador en el periodo de los seis últimos meses anteriores a la fecha de extinción».

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