Hasta dos años de cárcel para los infractores
La reciente reforma del Código Penal ha endurecido notablemente la penas para quienes depositen vertidos o cualquier tipo de residuos sólidos o líquidos en zonas en las que pongan en peligro ecosistemas naturales o la salud de las personas. De hecho, en el apartado 4 del artículo 328, del 22 de diciembre de 2010, del Código Penal establece penas de prisión de uno a dos años para quienes en el transporte, eliminación o aprovechamiento de residuos, pongan en grave peligro la vida, integridad o la salud de las personas, la calidad del aire, del suelo, las aguas, los animales y las plantas.