Diario de León

CUBILLAS DE RUEDA

La juez cree que la alcaldesa no hinchó el censo electoral y la absuelve tras el juicio

Agustina Álvarez.

Agustina Álvarez.

León

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Agustina Álvarez Llamazares, alcaldesa de Cubillas de Rueda, quedó absuelta del delito electoral por el que el Ministerio Fiscal solicitaba una pena de dieciséis meses de multa al considerar la juez que no existen pruebas de que la conducta de la regidora del Ayuntamiento incurriera en una conducta ilícita.

El apartado de hechos probados de la sentencia considera que, efectivamente, la alcaldesa firmó la incorporación de 29 nuevos vecinos al censo electoral del municipio, en fechas previas a las elecciones y sin constatar si realmente se habían producido esas incorporaciones al vecindario de la localidad.

Sin embargo, en el fallo se considera que la conducta no se adoptó para obtener beneficios electorales, sino simplemente en el marco de una conducta habitual en la que la imputada firmaba los documentos que se elaboraban por parte del servicio correspondiente sin más requisito que la solicitud.

Además, el padrón del municipio no coincidía con el del catastro, por lo que las comprobaciones de la Guardia Civil resultaron infructuosas al haberse solicitado investigaciones en direcciones que no existían.

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