La Junta autoriza abatir 50 lobos en la provincia, la mitad en Riaño
Medio Ambiente permite la caza total de 140 cánidos en la zona norte del Duero.
El cupo de lobos que se podrán abatir durante la temporada 2014/2015 en los terrenos cinegéticos del norte del Duero será de 140 ejemplares, tres más que en la pasada campaña. Así lo recoge la resolución aprobada por el Gobierno regional que se publicó ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). En este planteamiento que diseña la consejería de Fomento y Medio Ambiente, León es la provincia que más peso tiene, debido a que la Junta autoriza en ella la caza de 50 cánidos.
Concretamente, la Montaña de Riaño se lleva el grueso de la cifra con un de 24 lobos. Le sigue la Montaña de Luna, con cinco y Tierras de León, con cuatro. Además, en el Bierzo se podrán cazar siete, en Sahagún, uno, en La Cabrera, dos, en la zona Esla- Campos, otros dos, en Astorga, cuatro y en La Bañeza, uno. Estos datos ponen de manifiesto algunas diferencias respecto al año pasado, cuando Riaño contó con un cupo de 26, frente a los dos de la zona astorgana.
La caza de los cánidos queda regulada en el plan de aprovechamientos comarcales de lobo y se podrá desarrollar únicamente en las 34 comarcas autorizadas para ello. Además, de las nueve zonas leonesas, se permite en siete comarcas de Burgos, otras siete de Palencia, tres de Soria, tres de Valladolid y cuatro de Zamora.
En base a estos datos, a León le sigue la provincia zamorana, donde se podrán cazar 36 lobos en total, seguida de Burgos con quince cánidos. No obstante, Valladolid y Soria son las que menos autorizaciones contemplan. En la primera se podrán abatir cinco y en la provincia soriana, tres ejemplares.
Los cupos comarcales descansan en las correspondientes resoluciones de aprobación de sus planes cinegéticos, cuestión para que la que se tiene en cuenta la consecución de los objetivos de minorización de daños y máxima oportunidad y posibilidad de ejecución de los cupos, siempre contemplando la no superación de la cifra establecida para cada comarca autorizada.
Periodo hábil
El período hábil de caza del lobo tendrá lugar desde el primer domingo de septiembre hasta el último del mismo mes, época en la que únicamente se podrá abatir en la modalidad de rececho y aguardo-espera. A partir del día siguiente y hasta el tercer domingo de febrero, podrá ejecutarse la caza en todas las modalidades. Sin embargo, exclusivamente para rececho y espera se amplía el plazo hasta el último día del mes de febrero.
La resolución aprobada por la Junta de Castilla y León insta a los cazadores a garantizar que se abatan, como máximo, el mismo número de animales que el de precintos disponibles para esta especie.