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RESPUESTA DEL CONSEJERO

Silván asegura que la ley de montes no cuenta con un plazo inmediato para urbanizar terrenos calcinados

Los ingenieros descartan que la medida incremente los incendios ni suponga una explosión urbanística .

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León

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El consejero de Fomento y Medio Ambiente, Antonio Silván, aseguró ayer que el proyecto de ley de montes que aprobó el viernes el Consejo de Ministros no cuenta con “un plazo inmediato para urbanizar” terrenos calcinados, ante la polémica suscitada sobre si eliminaba el tiempo en que estaba prohibido construir si un terreno había sufrido un incendio.

Silván señaló que esta norma «garantiza y da seguridad» y tranquilizó a la sociedad, a la que lanzó un mensaje en el que se mostró contundente con aquellos autores de fuegos en terreno forestal. «Todos ellos serán perseguidos», sostuvo.

A su juicio, la ley trata de «compatibilizar» el desarrollo económico sostenible con la protección del medio ambiente y recordó que el principio básico a la hora de la lucha contra los autores de los incendios es la defensa del propio medio ambiente mediante la prevención y el combate directo para apagar el fuego.

Ante las críticas que desde los distintos grupos ecologistas se ha hecho a la nueva ley, por permitir urbanizar en los terrenos afectados por incendios sin tener que esperar un plazo de treinta años, el Colegio de Ingenieros de Montes de Castilla y León, explicó precisamente que el motivo de esta prohibición era desincentivar los incendios intencionados con una motivación urbanística: provocar incendios para luego urbanizar los terrenos. Este colectivo asegura que esta circunstancia, a la que se achaca un porcentaje inferior al 0,3% de los incendios de España, «pudo tener cierta relevancia en zonas de litoral con alta presión urbanística. Pero desde luego no la tuvo en el caso de Castilla y León, donde los incendios intencionados se concentran en comarcas como Ancares, La Cabrera, Sanabria o la Carballeda, donde la presión urbanística no es precisamente un problema».

Para urbanizar o roturar terrenos forestales quemados la excepción prevista en la modificación de la Ley exige la aprobación de una ley autonómica que incluya la declaración de «interés general prevalente» de la actuación, por lo que no parece probable que se produzca una explosión urbanizadora.

Los ingenieros explican que lo que se puede evitar con la nueva redacción es que un incendio accidental que afecte a terrenos forestales, no necesariamente arbolados, como pueden ser muchos baldíos próximos a ciudades o pueblos, bloquee la urbanización de esos terrenos durante 30 años, cuando muchas veces se trata de zonas de expansión natural de un casco urbano o de un polígono industrial.

Del resto de las disposiciones que han trascendido es especialmente importante para Castilla y León adoptar medidas destinadas a activar los llamados montes de socios, cuyo régimen legal ha impedido su gestión durantemuchos años. Estos montes fueron comprados en el siglo XIX por vecinos de los pueblos, y actualmente son propiedad indivisa de los herederos de esos

vecinos. Estos herederos son en su mayor parte desconocidos desde hace generaciones, y las sucesivas reformas legales pretenden que no sea necesario localizar a todos los propietarios actuales para adoptar decisiones de gestión sobre ellos.

Una mejor gestión

La intención que tiene el Gobierno central con esta nueva ley es la de «mejorar la gestión» porque «un monte gestionado es un monte cuidado y en el que se reducen los incendios forestales», aseguró la semana pasada la ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina. En este sentido defendió que se pretende el beneficio del monte y reactivar el medio rural a través de la diversificación de las actividades. Para ello hay que definir si es público o si sus propietarios son privados y si es público o privado pero cumple funciones de utilidad pública. Estos son los que protegen el suelo contra la erosión, los que están en las cabeceras de las cuencas hidrológicas o los que tienen especial riqueza o biodiversidad o previenen de inundaciones.

Respecto a los instrumentos de gestión, apunta que a los que ya existían, ahora las comunidades podrán establecer modelos técnicos de gestión en tipo en función de los distintos montes de las comunidades autónomas. De este modo, basta con que los propietarios se adhieran voluntariamente para que se consideren montes ordenados. De este modo, ha defendido la aspiración de que los montes tengan un instrumento de gestión para hacer un uso más racional

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