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UNA DECISIÓN POLÉMICA

Boñar da licencia a una obra que dañó una fuente de 1774

El TSJ confirma una sentencia que obligaba a investigar la titularidad del bien

Estado en que está actualmente la Fuentica y la calle de acceso. CAMPOS

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León

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JOSÉ Mª CAMPOS | BOÑAR

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha condenado al Ayuntamiento de Boñar a abrir expediente para investigar y recuperar la fuente de La Fuentica y la plazuela homónima, ambas situadas en la calle de Inocencio Mateo, de Boñar.

Existen referencias a La Fuentica de 1774 cuando fue adecentada. Esta fecha aparece inscrita en el dintel de la fuente. Además, hay un texto que señalan que desde el siglo XIX hasta nuestros día es más conocida como ‘la fuente de la tía Úrsula’, en referencia a la esposa del matrimonio dueño de la casa situada junto a esta fuente.

En 2012, Joaquín Luis Fernández, vecino de Boñar, denunció al Ayuntamiento por no proteger, previa apertura de un expediente de investigación, una calle pública, la fuente la Fuentica y su plazoleta ante la ocupación y apropiación por un vecino que acababa de comprar un terreno aledaño a esta plazoleta. En mayo de 2012 el Ayuntamiento desestimó abrir una investigación, argumentando que los bienes de La Fuentica y la plazoleta no aparecían en el inventario de bienes municipal y que el Catastro y el Registro de la Propiedad de La Vecilla atribuye la titularidad del suelo donde están estos bienes urbanos a un particular.

Fernández recordó que personal municipal y político admitieron la existencia de los dos bienes y «el mantenimiento municipal de los mismos hasta un momento reciente». Además, señaló la documentación que refrenda la existencia de tales fuente y plazoleta.

En diciembre de 2014 el juzgado de lo contencioso administrativo de León falló a favor del vecino y señaló que el Ayuntamiento debería haber abierto una investigación, ya que existían indicios de que estos bienes pudieran ser municipales. Además, un perito judicial indicó «la existencia de tal fuente pública en un espacio público, utilizada por los vecinos de la zona si bien actualmente abandonada». Además el mismo perito indica que históricamente existió la plazuela pero que «el propio proceso vivo de las ciudades había dado lugar a que actualmente el espacio situado en el entorno actual de la fuente no pudiera considerarse como una plaza».

La sentencia insta al Ayuntamiento de Boñar a abrir un expediente de investigación, deslinde y recuperación de oficio respecto del inmueble ‘plazuela de la calle La Fuentica’ así como de la fuente existente en su interior.

En enero de 2015, el Ayuntamiento de Boñar presentó un recurso de apelación, pero el TSJ no ha admitido ahora el recurso, por lo que confirma el fallo de instancia y le conmina a cumplir la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de León.

Joaquín Luis Fernández manifestó que lo grave de estos hechos es que cuando se le comunicó al Ayuntamiento la resolución del juzgado de León, en vez de abrir un expediente y paralizar cualquier actuación en la parcela afectada, otorgó licencia de obras. «El inicio de las obras ha dañado tanto la calle pública como la fuente y la plazuela a pesar de que por escrito instamos al Ayuntamiento a paralizar las obras en esta parcela». Además lamentó que a pesar de que se le ha comunicado las sentencias al Ayuntamiento «está tolerando de forma incomprensible la ejecución de la obras de destrucción de la Fuentica y de apropiación de sus terrenos».

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