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USO reclama a Empleo incluir las contratas del carbón en el plan social

El sindicato presenta un conflicto colectivo por no incluir a los trabajadores en las ayudas.

Representantes de Carbunión y los sindicatos se reunieron ayer con el Grupo Parlamentario Popular en Madrid. RAQUEL P. VIECO

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León

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maría j. muñiz | león

El sindicato Unión Sindical Obrera (USO) ha presentado ante la Dirección General de Empleo una demanda de conflicto colectivo por el que solicita «el derecho de los trabajadores de las subcontratas que presten servicios» en las empresas mineras acogidas al plan de cierre contemplado en el Marco de Actuación 2013-2018 a «beneficiarse de las ayudas sociales» que contempla dicho acuerdo. Y con ello, a que las empresas mineras estén obligadas a solicitar «las ayudas sociales establecidas en dicha norma para todos los trabajadores que prestan servicios en su unidad de producción».

El procedimiento de conflicto colectivo se presenta contra el Ministerio de Industria, pero también contra la patronal del sector Carbunión, y los sindicatos CC OO y UGT. Y «tiene por objeto que se declare el derecho de los trabajadores de las subcontratas que prestan sus servicios en las unidades de producción afectadas a poder beneficiarse de las ayudas sociales establecidas». En la provincia las minas de interior y a cielo abierto acogidas al Marco de Actuación son Alto Bierzo, Hullera Vasco Leonesa, Coto Minero Cantábrico, Uminsa, Hijos de Baldomero García, y los de Arlanza, San Isidro y María y del Puerto.

La reclamación entiende que a los trabajadores de las subcontratas «se les están denegando las ayudas sociales recogidas en el Marco de Actuación, al no ser considerados beneficiarios de las mismas». Lo que en opinión del sindicato supone «una interpretación restrictiva de la Decisión del Consejo de la Unión Europea de diciembre de 2010», que estableció las ayudas estatales destinadas a facilitar el cierre de las minas de carbón no competitivas.

Y considera que en las normas que regulan las ayudas se contemplan también a los trabajadores de las subcontratas, porque «prestan servicios en las mismas unidades de producción y bajo las mismas condiciones laborales, y en consecuencia ambos colectivos deben ser beneficiarios de las ayudas».

USO señala que la aplicación actual de las normas supone «una clara vulneración del principio de igualdad consagrado» en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores, porque establece un trato diferente «por el mero hecho de tener una relación laboral con las empresas mineras o con las subcontratadas».

Normativa

La normativa europea que se aplica desde 1993 permite a los estados aprobar ayuda destinadas a aliviar las consecuencias sociales de la reestructuración del sector minero. Y los beneficiarios son los trabajadores afectados por el cierre de las unidades de producción.

Sin embargo, a los trabajadores de las subcontratas que trabajan para estas unidades de producción que se cierran se les deniegan las ayudas porque no se les considera empleados de las empresas afectadas por el cierre.

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