Diario de León

TRIBUNALES

El jurado popular debe decidir si Avelino sufría trastorno cuando mató a su prima

Forenses y psiquiatras discrepan sobre su estado mental y su embriaguez

El acusado, entrando en la Audiencia Provincia, durante la celebración del juicio. RAMIRO

El acusado, entrando en la Audiencia Provincia, durante la celebración del juicio. RAMIRO

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maría carnero | león

La vista oral celebrada desde el lunes para juzgar el crimen de Redipuertas concluyó ayer con la declaración de los forenses y el equipo psiquiátrico que trataron de determinar si Avelino L.F., acusado de matar de un disparo a su prima Mari Carmen, F.G, el pasado 1 de junio de 2013 en Redipuertas, estaba en pleno uso de sus facultades cuando cometió el crimen. Será el jurado popular el que mañana determine si el que fuera el guía de la cueva de Llamazares sufría algún tipo de trastorno mental transitorio que le empujó a matar a su prima tras discutir con ella o si actuó bajo los efectos del alcohol tal y como ha defendido durante estos tres días el abogado de la defensa.

Sobre la mesa está la petición de la Fiscalía que pide para el acusado una pena de 18 años de cárcel por un delito de asesinato y otros cuatro por otro de atentado contra la autoridad, ya que el acusado trató de agredir con una navaja a los agentes de la Guardia Civil que lo detuvieron en la cueva de los Infiernos, donde se escondió horas después del crimen.

La acusación particular, que representa a la pareja sentimental, la madre y la hija de la víctima, eleva la petición de pena a 24 años, 20 por asesinato y cuatro por atentado. Ambas partes piden una indemnización cercana a los 200.000 euros para la familia.

Por su parte, la defensa reclama su libre a absolución y, subsidiariamente, que se apliquen las eximentes y atenuantes que plantea en caso de que sea declarado culpable.

Durante estos tres días, familiares, vecinos, agentes de policía, médicos forenses y psiquiatras han tratado de dar luz al crimen perpetrado por un hombre, Avelino, que ya fue declarado culpable en 1977 por matar a un vecino al que degolló en las fiestas del pueblo, y por el que no fue imputado al considerar que sufrió una estado de enajenación mental transitoria.

Cuarenta años después, se vuelve a sentar en el banquillo de los acusados para responder por la muerte de su prima, una médico de 61 años, con la que, a pesar de haber sido «uña y carne» de niños, como declaró durante el juicio un tío común de ambos, su relación se fue deteriorando en los últimos años, hasta el punto de que después de una discusión, por tirar ella unos palos en la presa, Avelino la matara con una escopeta de caza.

La gran duda del juicio es determinar si Avelino sufre algún tipo de patología mental, que unida a su afición al alcohol, tan y como han confirmado los testigos, le empuja a cometer este tipo de actos.

Para los médicos forenses que le examinaron después del crimen, Avelino no sufre ningún trastorno mental, tan solo evidencia rasgos paranoides y esquizoides que explican su carácter solitario y raro, y su comportamiento asocial. «Son rasgos que tenemos gran parte de la sociedad, lo que no implica la comisión de un delito delictivo», afirmo uno de los doctores.

Los forenses aseguran que las lagunas que apunta el acusado, ya que declara que no recuerda haber matado a su prima, aunque no lo niega, son voluntarias, ya que es un hombre con una inteligencia media-alta, y afirman que la discusión con Mari Carmen sí pudo alterarle aunque no anular su voluntad, tal y como sostiene la defensa.

Por contra, el informe psiquiátrico encargado por la defensa es contundente al afirmar que Avelino sufre un trastorno de la personalidad que, agravado por la discusión con su prima y por una ingesta de alcohol y cafeína, anularon sus mecanismos de defensa y su consciencia y le empujaron a matar a su prima en un episodio de enajenación mental.

Por último, los médicos forenses que también realizaron la autopsia de la víctima concluyeron que Mar Carmen sufrió una herida mortal de necesidad, tras seccionarle la aorta y desangrase en no más de un minuto. El disparo fue realizado a media distancia, cinco metros, por lo que «no podía fallar», y de lado, sin ver a su agresor, «sin poder defenderse». Además, la bala, un cartucho de posta de tres en fondo, cuya utilización está prohibida, «está escogida para causar el mayor daño posible».

Todas estas conclusiones hacen pensar tanto al Fiscal como a la acusación que Avelino «sabía lo que hacía y cómo lo hacía», y que «ese día fue a cazar, pero no animales a los que tanto amaba, sino a Mari Carmen, ya que la odiaba», por eso rechazan enajenación y que estuviera borracho. «Ya engañó hace 40 años a un tribunal, que no ocurra lo mismo ahora», sentenció la Fiscal.

La defensa se agarra en que no era consciente de lo que hacía y que sufrió un arrebato fruto de una grave discusión agravada por su enfermedad mental y su gran ingesta de alcohol.

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