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La Junta publica la orden que autoriza la quema de los rastrojos del cereal

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León

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A.D.M. | Redacción

Finalizada la campaña de alto riesgo de incendios forestales, el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicaba ayer la orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería que permite la quema de rastrojos de cereales, como medida fitosanitaria, que se contempla en el Plan Director de Lucha contra Plagas Agrícolas en la Comunidad autónoma.

La orden regula el procedimiento y establece los condicionantes para la quema de rastrojos en las superficies cultivadas de cereales, así como las comarcas agrarias en las que se podrán realizar. En León se autorizan en Tierras de León, Páramo, Esla-Campos y Sahagún y, dentro de éstas, no se podrán llevar a cabo en fincas situadas a menos de 400 metros de masas forestales —arbolada o matorral— y de cualquier zona urbanizada o habitada, aquellas que estén situadas en Zona Zepa o LIC, o explotaciones situadas a una distancia inferior a 100 metros de cualquier carretera y vías ferroviarias.

Los agricultores pueden presentar ya sus solicitudes al delegado territorial. Este trámite deberá hacerse con una antelación mínima de cinco días respecto a la fecha inicial habilitada para cada zona de acuerdo al calendario y zonificación que recoge la orden. A la solicitud acompañará un documento de conformidad del alcalde del municipio en el que se ubiquen las parcelas.